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Wednesday, October 25, 2006

Penas de cárcel por hasta 5 años y fuertes multas contempla la moción que sanciona los sobornos y conductas ilícitas en el deporte

Penas de cárcel por hasta 5 años y fuertes multas contempla la moción que sanciona los sobornos y conductas ilícitas en el deporte

Senador José Antonio Gómez es el autor de una moción que soluciona un vacío legal en nuestra legislación y define la figura delictiva del soborno o intento de predeterminación de un resultado deportivo

Penas de cárcel que van entre los 61 días y los cinco años, además de fuertes multas, arriesgan quienes practiquen sobornos, cometan discriminación u otro tipo de engaños y conductas ilícitas en el deporte. Así lo dispone la moción que presentó el senador, José Antonio Gómez, y que se encuentra, en primer trámite, en la Comisión de Constitución.

 

El parlamentario presentó esta iniciativa a raíz del escándalo que provocó la denuncia por presunto soborno en el fútbol profesional por parte de integrantes de la mafia rusa. Advirtió que “nuestro Código Penal, no contempla la figura delictiva del soborno o el intento de predeterminación de un resultado deportivo y sólo sanciona el fraude en los juegos de azar”.

 

Por estas razones, el legislador consideró conveniente “introducir en la legislación una norma específica y simple que sancione el soborno y otras conductas ilícitas en el deporte, para que los responsables de tales conductas no queden en la impunidad”.

 

Asimismo expresó que “esta iniciativa contribuirá al esfuerzo internacional que la dirigencia del fútbol está desarrollando en esta materia, particularmente la Unión Europea de Fútbol Asociado (UEFA), que ha exhortado a los políticos para que ayuden a combatir los problemas que afectan al deporte, tales como el arreglo de los resultados y los sobornos, entre otros”.

 

Por estas razones, el proyecto modifica el Código Penal, e introduce en lo relativo a estafas y otros engaños, la figura delictiva de intervenir o predeterminar el resultado de un juego, disciplina o actividad deportiva, mediante el ofrecimiento de de dinero, dádivas, intimidación o simples acuerdos.

 

Asimismo establece una escala de penas y multas dependiendo del monto de la defraudación, promesa o dádiva. En ese sentido, si el monto defraudado excede los $12.800.000 se aplicará una pena de cárcel que irá entre los 3 y 5 años, y una multa de 21 a 30 UTM, es decir entre los $672.000 y los $960.000.

 

Si el monto defraudado es superior al $1.280.000 y menor a los $12.800.000, las penas de cárcel irán entre los 541 días y los 5 años y las multas entre las 11 y 15 UTM, es decir entre los 352 mil y 480 mil pesos.

 

En caso que la defraudación fuera superior a los 128 mil pesos y menor al $1.280.000, se arriesgan penas de cárcel que van entre los 541 días y 3 años; además de multas que van entre las 6 y 10 UTM, es decir, entre los $192.000 y los $3.200.000

 

Si el monto defraudado va entre los $32.000 y los $128.000, se arriesga un presidio entre los 61 y los 541 días y una multa de 5 UTM, es decir de $160.000.

 

La moción del senador Gómez también propone modificaciones a la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas e incorpora un nuevo artículo para considerar como “faltas gravísimas la realización de conductas que discrimen racialmente, las que permiten a los clubes presentar planillas de pago y otros antecedentes falsificados o adulterados (caso típico para no perder los puntos y que se hace a vista y paciencia de todo el mundo) y, por cierto, para adaptar a la nueva norma sobre soborno deportivo”.

 

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