Chile carece en la actualidad de un sistema de justicia especialmente diseñado para los jóvenes menores de 18 años que cometen delitos: no son penalmente imputables en caso de ser menores de 16 años, o, si tienen más de esa edad, son sometidos al sistema judicial de adultos si son declarados con discernimiento. Esto contraviene tratados internacionales suscritos por Chile y afecta la capacidad del sistema judicial para contribuir efectivamente a la disminución de la delincuencia en el país.
Habiendo consenso en lo anterior, la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que crea un sistema especial para este grupo etario, fue promulgada en diciembre de 2005 y se previó su puesta en marcha en junio de 2006. Sin embargo, con menos de un mes de anticipación a dicha fecha, el Congreso postergó su aplicación hasta junio de este año, bajo la condición de que su implementación fuera evaluada por una comisión de expertos. Ésta planteó, desde sus inicios, que los problemas no sólo tenían relación con aspectos operativos de su implementación (que, ciertamente, eran y siguen siendo graves), sino también con deficiencias de la legislación. Cumplido el año de postergación, tras el reciente cambio de ministro de Justicia y a menos de un mes de su puesta en marcha, nuevamente se discutió en el Congreso esta importante ley. El ministro Maldonado, atendiendo en general a las propuestas de la comisión, presentó un proyecto que introducía varios cambios a la normativa que, también en general, la mejoraban. La discusión parlamentaria giró, básicamente, en torno a la posibilidad de una nueva postergación (a propuesta de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados) y a la inclusión de una indicación del senador Larraín (UDI), que obliga a los jueces a condenar por los dos primeros años a régimen cerrado a los menores de entre 16 y 17 años que hayan cometido delitos considerados como graves (y que, por tanto, tienen una pena asignada de cinco años y un día o más). La propuesta del Ejecutivo dejaba esto al criterio del magistrado. Finalmente, la Cámara Baja, por amplia mayoría, rechazó la postergación y aprobó todas las indicaciones a la ley, incluyendo la del senador Larraín. El Gobierno ha dicho que no la vetará y, en consecuencia, el país contará con un sistema de justicia juvenil a partir del 8 de junio próximo.
Sin duda, será un avance respecto de la situación actual, pero eso no basta. La calidad de las políticas públicas depende tanto de su contenido técnico como de su formulación normativa y de la calidad de su implementación. Lamentablemente, la calidad de esta ley se ha visto afectada en los tres ámbitos. El ministro Maldonado recién ha asumido sus funciones, de modo que no le cabe mayor responsabilidad, pero es evidente la escasa capacidad técnica del Ministerio de Justicia, que redactó un proyecto deficiente, manejó mal su tramitación legislativa, y no ha realizado la gestión requerida para contar, hoy, con las condiciones operativas requeridas para una buena implementación. La directora del Servicio Nacional de Menores, dependiente del ministerio y que tiene a su cargo la ejecución de las sanciones, ha declarado que la institución está adecuadamente preparada para el inicio del sistema, pero se carece de antecedentes públicos que avalen su afirmación, que contradice la opinión de expertos.
En suma, las condiciones actuales no hacen temer una catástrofe, pues se trata de porcentajes pequeños de la población, pero sí un funcionamiento mediocre de un nuevo sistema costoso. Si no se actúa ahora con celeridad en su perfeccionamiento, eso tendrá efectos negativos de mediano y largo plazo en los niveles de violencia y delincuencia en el país.
Este sistema será un avance, pero urge perfeccionarlo, para evitar efectos negativos de mediano y largo plazo en los niveles de violencia y delincuencia.
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