¿QUÉ ES EL REGISTRO DE MEDIADORES ?
Es un registro integrado por personas naturales que están autorizadas para conducir procesos de mediación familiar.
¿QUIÉN ADMINISTRA EL REGISTRO DE MEDIADORES ?
El Ministerio de Justicia a través de sus respectivas Secretarías Regionales Ministeriales.
¿QUIÉNES PUEDEN SER MEDIADORES ?
Las personas que se encuentren inscritas en el Registro de Mediadores y que cumplan los siguientes requisitos :
- Poseer un título profesional idóneo otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste y obtenido en una carrera que tenga al menos ocho semestres de duración.
- Formación académica especializada en mediación: 180 horas teóricas - de las cuales 80 deben estar centradas en el proceso de mediación - y 40 horas de práctica efectiva, en una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste o por una institución de educación superior extranjera debidamente acreditada en su país de origen.
- No haber sido condenado u objeto de una formalización de investigación criminal por delito que merezca pena aflictiva, por alguno de los delitos de los artículos 361 a 375 del Código Penal (delitos sexuales), ni por actos de violencia intrafamiliar.
- Disponer de un lugar adecuado para desarrollar la mediación en la comuna de asiento del tribunal.
¿CÓMO ELIJO AL MEDIADOR ?
- Si es pagada :
- Se privilegia la efectuada por las partes.
- A falta de acuerdo, designa el juez mediante un procedimiento que garantice una distribución equitativa de los asuntos entre todos los contratados para cada territorio jurisdiccional.
- Si no es pagada :
- Se requiere informe favorable.
- Designa el juez mediante un procedimiento que garantice una distribución equitativa de los asuntos entre todos los contratados para cada territorio jurisdiccional.
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
www..Consultajuridicachile.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
Renato Sánchez 3586
telefono: 5839786
santiago-chile