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Friday, October 21, 2011

Matthei: “Me opongo totalmente a la gratuidad en el sistema universitario”

Matthei: "Me opongo totalmente a la gratuidad en el sistema universitario"

La titular del Trabajo señaló que una de las razones por las que se opone a la medida es debido a que en Chile aún hay trabajadores que no terminan cuarto medio y podrían utilizarse esos recursos en capacitación.

Diario Financiero Online

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei, afirmó que rechaza la gratuidad total en la educación superior, puesto que los sectores altos tienen como financiarla y este dinero puede ser destinado a capacitar a trabajadores, que en algunos casos no han terminado Cuarto Medio.

"Yo me opongo totalmente a la gratuidad en el sistema universitario", admitió la secretaria de Estado, al tiempo que explicó que "la mayoría de los trabajadores en Chile no han terminado Cuarto Medio, no puedo creer que haya alguien que quiera darle gratuidad a un joven cuya familia vive en La Dehesa y que no nos gastemos la plata en darle capacitación a gente que a veces no ha terminado Cuarto Medio. Eso lo encuentro inaceptable".

"Aunque tengamos reforma tributaria, aunque tengamos mucho dinero, el dinero tiene que ir a los que más lo necesitan, y hay muchos trabajadores que también necesitan, no solamente los estudiantes",
sentenció en entrevista con Radio Oasis.

La titular del Trabajo destacó que entre los anuncios realizados por el Gobierno está que el 40% de los estudiantes más vulnerables pueden acceder gratuitamente a la universidad y eso "es un avance gigantesco, porque a las personas que vienen de familias más vulnerables el poder ofrecerles educación universitaria es una gran alegría".

Durante la mañana la autoridad encabezará la premiación de trabajadores capacitados en Infocap, "La Universidad del Trabajador".

Proyecto de ley que elimina el Multirut

Respecto al proyecto de ley que modifica el concepto de empresa, también conocido como multirut, que esta semana fue aprobado en general por la sala del Senado, la ministra Matthei destacó que se dio "un paso muy importante".

Ahora, explicó, lo primordial es buscar acuerdos para lograr aprobar la iniciativa en particular porque esto "es algo que no puede aceptar una sociedad", que "mediante formalismos se divida artificialmente una empresa en distintos Rut y se le quiten derechos a los trabajadores".

Matthei admitió que se está analizando algunas alternativas para determinar a ciencia cierta cómo operan las empresas con varios Rut y así determinar si realmente son distintas o no. En ese sentido, explicó que una de las ideas es introducir la teoría del "Levantamiento del Velo".

Esto, según expuso, "significa no fijarse en la formalidad, sino que en los hechos, cómo ocurren los hechos al interior de la empresa: se comporta como una misma empresa o en realidad en los distintos Rut hay distintos intereses, hay distintos accionistas y gente que da las órdenes. En fin, determinar si son o no el mismo empleador".


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Rodrigo González Fernández
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SENADOR VICTOR PEREZ , UDI , acusa a Girardi de ser “cómplice del violentismo” y analizarán censura

UDI acusa a Girardi de ser "cómplice del violentismo" y analizarán censura

El vocero del gremialismo sostuvo que "una persona que no siente respeto por las instituciones republicanas no puede estar a la cabeza de una de ellas, menos cuando se trata de un poder del Estado como el legislativo".

El secretario general de la Unión Demócrata Independiente (UDI), senador Víctor Pérez, calificó al presidente del Senado, Guido Girardi (PPD), como "cómplice del violentismo", tras la toma de la sede del Congreso en Santiago y la negativa de la autoridad de desalojar el inmueble.

El vocero del gremialismo agregó que "una persona que no siente respeto por las instituciones republicanas no puede estar a la cabeza de una de ellas, menos cuando se trata de un poder del Estado como el legislativo".

El senador de la UDI calificó lo ocurrido ayer como "inédito", haciendo un llamado a no aceptar "que un grupo de violentistas impidan el diálogo, como ocurrió con la interrupción de la sesión de la Comisión Mixta de Presupuesto que analizaba las partidas de Educación".

"Los actos de violencia están siendo provocados por grupos minoritarios y es inaceptable que el presidente del Senado avale una situación que atenta contra las normas democráticas que nos hemos dado", dijo.

Según Pérez, lo ocurrido evidencia que Girardi "nunca debió ser elegido a la cabeza de una institución republicana, y la Concertación tendrá que dar cuenta al país por este hecho, ya que son ellos los responsables del lugar que ocupa hoy".

"Tendremos que analizar de manera responsable y seria una censura a la mesa de la Cámara Alta, porque el actual presidente del Senado no da garantías para poder realizar el trabajo legislativo en condiciones mínimas de seguridad", concluyó

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Presidente de la Cámara criticó la “incoherencia” de Girardi y lo acusó de “apoyar la intransigencia” Share

Presidente de la Cámara criticó la "incoherencia" de Girardi y lo acusó de "apoyar la intransigencia"

 

  • Patricio Melero dijo a La Gran Mañana Interactiva de Radio Agricultura que el presidente del Senado "busca congraciarse en términos impresentables ante la movilización de los estudiantes", pero muestra una "manga angosta" para defender a ministros o a sus pares legisladores.

Publicado el Viernes 21 de octubre del 2011 a las 9:13 am 2

La ocupación de la sede del Senado en el ex Congreso Nacional de Santiago y la decisión de Guido Girardi de no desalojarla e impedir el ingreso de Carabineros fue duramente criticada por el presidente de la Cámara, Patricio Melero (UDI), quien acusó al parlamentario del PPD de actuar con "incoherencia".

En entrevista con La Gran Mañana Interactiva de Radio Agricultura, el parlamentario gremialista recalcó que los presidentes de las corporaciones tienen la facultad privativa de recurrir a la fuerza pública para garantizar el orden en sus sesiones, recordando que eso fue lo que él hizo el miércoles en Valparaíso, y que le valió una censura.

A juicio de Melero, el presidente del Senado tiene un doble estándar porque en dos oportunidades ha recurrido a Carabineros para desalojar la sala, pero el jueves vociferó que no permitiría el ingreso de la fuerza pública para impedir la ocupación del ex Congreso.

"El senador Girardi ha permitido el ingreso de la fuerza pública ya dos veces al Senado, y es bastante incoherente en sus posiciones porque según la situación él busca congraciarse, en términos a mi juicio impresentables, ante la movilización de los estudiantes", señaló, recordando que en la Concertación estuvieron 20 años sin escuchar ni atender estas demandas.

"Ahora quieren oscurecer su pasar en el pasado y pretender congraciarse con un movimiento estudiantil que tiene muchos elementos positivos en sus demandas, pero que hay un grupo más ultra que no quiere avanzar", agregó.

Melero sostuvo que la actuación de Girardi demuestra que "se tiene una manga ancha para apoyar la intransigencia, el violentismo, a los interruptores de la democracia, y la manga angosta para defender a ministros y a legisladores que fueron escogidos por la ciudadanía".

El presidente de la Cámara profundizó sus críticas hacia la máxima autoridad del Senado, al comentar que "Girardi tiene una escolta de una fuerza especial de cuatro carabineros que lo protegen permanentemente de que algún ciudadano lo insulte o lo agreda, sin embargo no está dispuesto a poner fuerza pública para impedir que esos ciudadanos agredan a otros".

"Hay dobles estándares en esto, no se le garantiza a un ministro de Estado en una comisión el poder actuar como corresponde, y lo que le ocurrió al ministro Bulnes ayer es inaceptable", enfatizó.

Finalmente, el parlamentario de la UDI señaló que espera que la censura en su contra no vaya a derivar en una destitución, ya que ello representaría una pésima señal a futuro.

"Lo censuran a uno por ejercer el principio de autoridad, por impedir que otros impidan que el Parlamento funcione normalmente, y ese es el clima que creo yo hay que superar. Espero muy sinceramente que esta censura no prospere, creo que no tiene mayor sentido y sería una mala señal que quien ejerce la autoridad en defensa de las ideas de la libertad y la democracia deje el cargo de presidente por defender ese principio", sentenció.

 
 
 
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CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR FUNDICIÓN VENTANAS

CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR FUNDICIÓN VENTANAS

La Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentado por las comunidades de La Greda, Las Ventanas, Campiche, La Chocota, Horcón y Mallén por supuesta contaminación de la Fundición  Ventanas de Codelco-Chile.

 

En fallo unánime (causa rol 5370-2011), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Adalis Oyarzún, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Ricardo Peralta, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había rechazado las acciones cautelares.

 

La sentencia determina que en el caso del episodio registrado el 23 de marzo pasado, la propia empresa y la autoridad respctiva han adoptado las medidas para evitar nuevos episodios de emanaciones de gases.

 

"Es útil destacar que la propia recurrida paralizó la fundición y sólo reanudó su funcionamiento una vez superados los problemas que se presentaron en la referida ocasión. Es más, durante la tramitación de este procedimiento la recurrida ha acompañado mensualmente informes sobre calidad del aire en la zona, extendidos por la Empresa SGS Chile Limitada (el último agregado a fojas 959), observándose de estos que las concentraciones de anhídrido sulfuroso y material particulado están por debajo de las normas de rigor, sin que ninguno de los actores haya desmentido tal información o la haya cuestionado. Además por la circunstancia puntual del día 23 de marzo, la autoridad sanitaria inició un sumario sanitario que se encuentra concluido con resolución sancionatoria", dice la resolución.

 

"Estos antecedentes demuestran que las medidas cautelares que pretenden los actores, entre otras la paralización de la fundición, atendidos los hechos denunciados, esto es, liberación de una nube tóxica de dióxido de azufre el día 23 de marzo pasado, no son necesarias, pues los índices de la calidad del aire en la zona están dentro de los rangos permitidos y los niños evaluados no presentan niveles de plomo o arsenio superiores a aquellos que se estiman nocivos. Por otra parte, la autoridad de salud actualmente desarrolla un estudio acerca de la salud de los menores, el que seguramente permitirá adoptar medidas de carácter permanente, sin perjuicio de las sugerencias formuladas en el informe de fojas 949, que precisamente competen a la autoridad sanitaria y no a la recurrida", agrega el fallo.

 

Respecto de la contaminación general de la zona, la resolución sostiene que ésta viene de larga data y que no es posible establecer que la Fundición Ventanas sea la fuente única de emanaciones.

 

"Que las medidas que en sede de protección pueden adoptarse tienen como objeto reponer a los afectados en el legitimo ejercicio de sus derechos, esto es, en lo fundamental, adoptar medidas de urgencia. Es claro que Codelco superó el episodio del día 23 de marzo, y que no se ha demostrado que la Planta funcione transgrediendo normas, razones por las que no se adoptarán las que han sido solicitadas. En estas condiciones debe mantenerse la declaración del fallo en alzada en cuanto a no existir acto ilegal o arbitrario (…) Finalmente no puede menos que reiterarse que esta acción de protección también está relacionada con la situación general de la zona, la que no puede ser revertida como consecuencia de los hechos de autos, más aún cuando la recurrida no es la única empresa que incide en la grave condición medioambiental del sector".

CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR FUNDICIÓN VENTANAS

La Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentado por las comunidades de La Greda, Las Ventanas, Campiche, La Chocota, Horcón y Mallén por supuesta contaminación de la Fundición  Ventanas de Codelco-Chile.

 

En fallo unánime (causa rol 5370-2011), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Adalis Oyarzún, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Ricardo Peralta, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había rechazado las acciones cautelares.

 

La sentencia determina que en el caso del episodio registrado el 23 de marzo pasado, la propia empresa y la autoridad respctiva han adoptado las medidas para evitar nuevos episodios de emanaciones de gases.

 

"Es útil destacar que la propia recurrida paralizó la fundición y sólo reanudó su funcionamiento una vez superados los problemas que se presentaron en la referida ocasión. Es más, durante la tramitación de este procedimiento la recurrida ha acompañado mensualmente informes sobre calidad del aire en la zona, extendidos por la Empresa SGS Chile Limitada (el último agregado a fojas 959), observándose de estos que las concentraciones de anhídrido sulfuroso y material particulado están por debajo de las normas de rigor, sin que ninguno de los actores haya desmentido tal información o la haya cuestionado. Además por la circunstancia puntual del día 23 de marzo, la autoridad sanitaria inició un sumario sanitario que se encuentra concluido con resolución sancionatoria", dice la resolución.

 

"Estos antecedentes demuestran que las medidas cautelares que pretenden los actores, entre otras la paralización de la fundición, atendidos los hechos denunciados, esto es, liberación de una nube tóxica de dióxido de azufre el día 23 de marzo pasado, no son necesarias, pues los índices de la calidad del aire en la zona están dentro de los rangos permitidos y los niños evaluados no presentan niveles de plomo o arsenio superiores a aquellos que se estiman nocivos. Por otra parte, la autoridad de salud actualmente desarrolla un estudio acerca de la salud de los menores, el que seguramente permitirá adoptar medidas de carácter permanente, sin perjuicio de las sugerencias formuladas en el informe de fojas 949, que precisamente competen a la autoridad sanitaria y no a la recurrida", agrega el fallo.

 

Respecto de la contaminación general de la zona, la resolución sostiene que ésta viene de larga data y que no es posible establecer que la Fundición Ventanas sea la fuente única de emanaciones.

 

"Que las medidas que en sede de protección pueden adoptarse tienen como objeto reponer a los afectados en el legitimo ejercicio de sus derechos, esto es, en lo fundamental, adoptar medidas de urgencia. Es claro que Codelco superó el episodio del día 23 de marzo, y que no se ha demostrado que la Planta funcione transgrediendo normas, razones por las que no se adoptarán las que han sido solicitadas. En estas condiciones debe mantenerse la declaración del fallo en alzada en cuanto a no existir acto ilegal o arbitrario (…) Finalmente no puede menos que reiterarse que esta acción de protección también está relacionada con la situación general de la zona, la que no puede ser revertida como consecuencia de los hechos de autos, más aún cuando la recurrida no es la única empresa que incide en la grave condición medioambiental del sector".

 



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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA POR USURA A REPRESENTANTES DE FINANCIERA EUROLATINA

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA POR USURA A REPRESENTANTES DE FINANCIERA EUROLATINA

Ver fallo (PDF)

 


La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los hermanos Pedro y Marcos Elgueta Cárcamo y a Cristián Cisternas Figueroa por el delito de usura, en 228 casos ligados a la financiera informal Eurolatina.

 

En fallo dividido (causa rol 3429-2009), los ministros Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y el abogado integrante Enrique Pérez, determinaron que los tres sentenciados deben cumplir la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, como autores de los delitos reiterados, cometidos entre los años 1993 y 2000. Además, se los sentenció a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales y las costas del proceso.

 

Los jueces de segunda instancia revocaron la decisión del ministro en visita Juan Cristóbal Mera que, el 23 de septiembre de 2009, había absuelto a los tres condenados de su responsabilidad en los delitos de usura y estafa.

 

El fallo determina que los tres condenados, responsables de la financiera Eurolatina, excedieron los márgenes del actuar legítimo, en los casos de operaciones comerciales de crédito, al establecer cláusulas de aceleración que permitían el cobro total de los préstamos efectuados.

 

"Si bien la 'Cláusula de aceleración' faculta al acreedor para anticipar el cobro de todas las cuotas aún no vencidas de un mutuo concedido para ser pagado sucesivamente en el tiempo, e incluso para imponer a cada cuota futura el interés que se encuadre dentro de los márgenes y limitaciones legales, al entablar demanda para el cobro de las cuotas impagas no puede sin embargo el acreedor, no obstante la Cláusula de aceleración, cobrar los intereses de cada cuota, desde que éstos aún no se han devengado, y desde que la aceleración solamente tiene por objeto la anticipación del pago del capital restringidamente. Los llamados 'gastos operacionales', en la medida en que no se les haya determinado en cuanto a su naturaleza y monto, no forman parte del capital ni de monto alguno a cargo del deudor o mutuario, por lo que en suma y en esencia sólo tiene la significación de un interés indebido que se ha adicionado de modo irregular e ilegítimo al capital. Además, y si, como consta en determinados casos particulares se ha acreditado que el mutuario ha intentado pagar una cuota negándose la Sociedad acreedora a percibir su monto, ha incurrido en un acto propio de renuencia al pago que no puede servir de soporte ni base alguna para considerar impaga la cuota respectiva, ni menos como un antecedente para  acelerar el pago de las cuotas sucesivas", dice el fallo.

 

Y agrega que "habiendo excedido Eurolatina de modo ilegítimo el máximo de los intereses que correspondía aplicar al capital efectivamente entregado al mutuario, los representantes de dicha sociedad han incurrido en la figura penal que describe y sanciona el antes indicado artículo 462 del Código Penal, habiéndose acreditado la participación de los tres procesados en dicho delito del modo que ya se ha señalado en los respectivos Fundamentos de la sentencia de primer grado".

 

Además, el fallo sostiene que "si bien en algunos Informes Periciales se concluyó que Eurolatina no aplicó los intereses usurarios de cuyo cobro se la ha acusado, no es menos cierto que esta Corte, atendido el mérito de todos los antecedentes recogidos en el estudio de segundo grado, ha llegado a la conclusión inequívoca de que los intereses cobrados por Eurolatina excedieron los máximos legales al incluir rubros que no podían de hecho constituir lo que propiamente es en el derecho bancario y comercial el 'interés' de una operación de esta especialidad (…) Al respecto valga recordar, como los deudores, aparte de no tener capacidad económica, incluso tenían deudas como por ejemplo de impuesto territorial, los que incluso fueron absorbidos en su caso por Eurolatina, conclusión que no puede ser más evidente de la absoluta incapacidad del cliente para servir un crédito en cuotas cuyo monto superaba también en muchos casos la cantidad mensual de sus ingresos, su situación de cesantía, de enfermedad, o el monto de su pensión y ancianidad".

 

Asimismo, se acogieron las demandas civiles presentadas por los demandantes, ordenando reestablecer los dineros de los denominados gastos operacionales, de acuerdo al siguiente criterio: "los 'gastos operacionales' habrían comprendido los rubros de tasación de la propiedad, viabilidad del crédito, estudio de títulos, saneamiento de títulos si fuese necesario, redacción de la escritura de hipoteca y prohibición, valor del impuesto de timbres y estampillas, escritura de constitución de hipoteca y prohibición, autorización de firma en el Pagaré, inscripción de la garantía hipotecaria con la respectiva prohibición en el Conservador de Bienes Raíces, y cualquier otro gasto en que la entidad crediticia haya debido incurrir para el otorgamiento del crédito y la adecuada inscripción de las garantías, todos los cuales rubros constituyen precisamente el excedente cobrado por los prestamistas y que configuran el basamento del delito de usura previsto en el artículo 472 del Código Penal".

 

La resolución se adoptó con el voto en contra del ministro Villarroel, quien estuvo por condenar a los tres sentenciados a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en los delitos de usura y estafa reiterados para el mismo periodo.

 

"Habiendo los acusados cometido sucesivamente dos clases de delitos distintos, primero el de estafa y luego el de usura, ambos en el carácter de reiterados, corresponde a juicio del discrepante se aplique esta última disposición legal para imponer la pena que propone para cada uno de los encausados. En efecto, la comisión de los delitos de estafa y de usura se ha llevado a cabo aquí de manera independiente y sucesiva. Lo que  interesa es  que los resultados sean independientes, aunque en la imposición de la penas –por razones de política criminal y siempre mirando el mejor interés de los procesados-, el método no conduzca a una pena que matemáticamente según los parámetros de la ley pueda conducir a una sanción excesiva y desproporcionada, lo que ya Carrara advertía podía ser constitutivo de un rigor innecesario por parte del Estado, desde que la imposición de la pena no podía ir más allá de la necesidad de la legítima defensa social. Ello, no obstante la enorme cantidad de delitos y la multiplicidad increíble y elocuente de familias enteras perjudicadas con las acciones llevadas a cabo por Eurolatina a través de sus personeros", dice el magistrado disidente.

 

Y agrega que "no cabe duda al suscrito que los representantes de Eurolatina, aprovechándose de la ignorancia, de la candidez, de la buena fe, de la necesidad económica y del apuro extremo en superar transitoriamente infortunios económicos insuperables, llegó a convencer a una gran masa de necesitados sin respaldo económico de ningún orden a contraer compromisos que desde el inicio se vislumbraban imposibles de cumplir, desde que en la mayoría de los casos el monto de cada cuota era superior a la entrada mensual que cada deudor hipotecario tenía para su subsistencia. Solo mediante el cumplimiento irrestricto de la normativa constitucional, legal y moral habría podido materializar Eurolatina la garantía que le asegura el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, al disponer ésta que ella garantiza a todas las personas "el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen" (…) no se advierte que haya habido de parte de Eurolatina la voluntad real de servir a los mutuarios sino el exclusivo propósito de adueñarse de los inmuebles de éstos mediante un procedimiento sólo aparentemente legal y cuya satisfacción, por parte de los mutuarios, se veía imposible de cumplir desde el más inicial comienzo de las negociaciones y tratos preliminares".

 

El magistrado, además, estimó que se debían anular todos los contratos firmados entre los querellantes y Eurolatina al considerarlos viciados.

 

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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los hermanos Pedro y Marcos Elgueta Cárcamo y a Cristián Cisternas Figueroa por el delito de usura, en 228 casos ligados a la financiera informal Eurolatina.

 

En fallo dividido (causa rol 3429-2009), los ministros Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y el abogado integrante Enrique Pérez, determinaron que los tres sentenciados deben cumplir la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, como autores de los delitos reiterados, cometidos entre los años 1993 y 2000. Además, se los sentenció a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales y las costas del proceso.

 

Los jueces de segunda instancia revocaron la decisión del ministro en visita Juan Cristóbal Mera que, el 23 de septiembre de 2009, había absuelto a los tres condenados de su responsabilidad en los delitos de usura y estafa.

 

El fallo determina que los tres condenados, responsables de la financiera Eurolatina, excedieron los márgenes del actuar legítimo, en los casos de operaciones comerciales de crédito, al establecer cláusulas de aceleración que permitían el cobro total de los préstamos efectuados.

 

"Si bien la 'Cláusula de aceleración' faculta al acreedor para anticipar el cobro de todas las cuotas aún no vencidas de un mutuo concedido para ser pagado sucesivamente en el tiempo, e incluso para imponer a cada cuota futura el interés que se encuadre dentro de los márgenes y limitaciones legales, al entablar demanda para el cobro de las cuotas impagas no puede sin embargo el acreedor, no obstante la Cláusula de aceleración, cobrar los intereses de cada cuota, desde que éstos aún no se han devengado, y desde que la aceleración solamente tiene por objeto la anticipación del pago del capital restringidamente. Los llamados 'gastos operacionales', en la medida en que no se les haya determinado en cuanto a su naturaleza y monto, no forman parte del capital ni de monto alguno a cargo del deudor o mutuario, por lo que en suma y en esencia sólo tiene la significación de un interés indebido que se ha adicionado de modo irregular e ilegítimo al capital. Además, y si, como consta en determinados casos particulares se ha acreditado que el mutuario ha intentado pagar una cuota negándose la Sociedad acreedora a percibir su monto, ha incurrido en un acto propio de renuencia al pago que no puede servir de soporte ni base alguna para considerar impaga la cuota respectiva, ni menos como un antecedente para  acelerar el pago de las cuotas sucesivas", dice el fallo.

 

Y agrega que "habiendo excedido Eurolatina de modo ilegítimo el máximo de los intereses que correspondía aplicar al capital efectivamente entregado al mutuario, los representantes de dicha sociedad han incurrido en la figura penal que describe y sanciona el antes indicado artículo 462 del Código Penal, habiéndose acreditado la participación de los tres procesados en dicho delito del modo que ya se ha señalado en los respectivos Fundamentos de la sentencia de primer grado".

 

Además, el fallo sostiene que "si bien en algunos Informes Periciales se concluyó que Eurolatina no aplicó los intereses usurarios de cuyo cobro se la ha acusado, no es menos cierto que esta Corte, atendido el mérito de todos los antecedentes recogidos en el estudio de segundo grado, ha llegado a la conclusión inequívoca de que los intereses cobrados por Eurolatina excedieron los máximos legales al incluir rubros que no podían de hecho constituir lo que propiamente es en el derecho bancario y comercial el 'interés' de una operación de esta especialidad (…) Al respecto valga recordar, como los deudores, aparte de no tener capacidad económica, incluso tenían deudas como por ejemplo de impuesto territorial, los que incluso fueron absorbidos en su caso por Eurolatina, conclusión que no puede ser más evidente de la absoluta incapacidad del cliente para servir un crédito en cuotas cuyo monto superaba también en muchos casos la cantidad mensual de sus ingresos, su situación de cesantía, de enfermedad, o el monto de su pensión y ancianidad".

 

Asimismo, se acogieron las demandas civiles presentadas por los demandantes, ordenando reestablecer los dineros de los denominados gastos operacionales, de acuerdo al siguiente criterio: "los 'gastos operacionales' habrían comprendido los rubros de tasación de la propiedad, viabilidad del crédito, estudio de títulos, saneamiento de títulos si fuese necesario, redacción de la escritura de hipoteca y prohibición, valor del impuesto de timbres y estampillas, escritura de constitución de hipoteca y prohibición, autorización de firma en el Pagaré, inscripción de la garantía hipotecaria con la respectiva prohibición en el Conservador de Bienes Raíces, y cualquier otro gasto en que la entidad crediticia haya debido incurrir para el otorgamiento del crédito y la adecuada inscripción de las garantías, todos los cuales rubros constituyen precisamente el excedente cobrado por los prestamistas y que configuran el basamento del delito de usura previsto en el artículo 472 del Código Penal".

 

La resolución se adoptó con el voto en contra del ministro Villarroel, quien estuvo por condenar a los tres sentenciados a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en los delitos de usura y estafa reiterados para el mismo periodo.

 

"Habiendo los acusados cometido sucesivamente dos clases de delitos distintos, primero el de estafa y luego el de usura, ambos en el carácter de reiterados, corresponde a juicio del discrepante se aplique esta última disposición legal para imponer la pena que propone para cada uno de los encausados. En efecto, la comisión de los delitos de estafa y de usura se ha llevado a cabo aquí de manera independiente y sucesiva. Lo que  interesa es  que los resultados sean independientes, aunque en la imposición de la penas –por razones de política criminal y siempre mirando el mejor interés de los procesados-, el método no conduzca a una pena que matemáticamente según los parámetros de la ley pueda conducir a una sanción excesiva y desproporcionada, lo que ya Carrara advertía podía ser constitutivo de un rigor innecesario por parte del Estado, desde que la imposición de la pena no podía ir más allá de la necesidad de la legítima defensa social. Ello, no obstante la enorme cantidad de delitos y la multiplicidad increíble y elocuente de familias enteras perjudicadas con las acciones llevadas a cabo por Eurolatina a través de sus personeros", dice el magistrado disidente.

 

Y agrega que "no cabe duda al suscrito que los representantes de Eurolatina, aprovechándose de la ignorancia, de la candidez, de la buena fe, de la necesidad económica y del apuro extremo en superar transitoriamente infortunios económicos insuperables, llegó a convencer a una gran masa de necesitados sin respaldo económico de ningún orden a contraer compromisos que desde el inicio se vislumbraban imposibles de cumplir, desde que en la mayoría de los casos el monto de cada cuota era superior a la entrada mensual que cada deudor hipotecario tenía para su subsistencia. Solo mediante el cumplimiento irrestricto de la normativa constitucional, legal y moral habría podido materializar Eurolatina la garantía que le asegura el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, al disponer ésta que ella garantiza a todas las personas "el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen" (…) no se advierte que haya habido de parte de Eurolatina la voluntad real de servir a los mutuarios sino el exclusivo propósito de adueñarse de los inmuebles de éstos mediante un procedimiento sólo aparentemente legal y cuya satisfacción, por parte de los mutuarios, se veía imposible de cumplir desde el más inicial comienzo de las negociaciones y tratos preliminares".

 

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Eurolatina: Corte revoca absolución de hermanos Elgueta y los condena a pena efectiva y los condenó por el delito de usura en 228 casos que hasta el momento no habían tenido justicia.

AL FIN CAEN LOS SINVERGUENZAS HNOS ELGUETA

Eurolatina: Corte revoca absolución de hermanos Elgueta y los condena a pena efectiva

El tribunal de alzada determinó que los dueños de esta financiera informal, que estaban en libertad, son responsables del delito de usura cometido en contra de 228 personas.

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la absolución que favorecía a los hermanos Pedro y Marcos Elgueta Cárcamo y a Cristián Cisternas Figueroa, dueños y gerente de la financiera informal Eurolatina, y los condenó por el delito de usura en 228 casos que hasta el momento no habían tenido justicia.


En fallo dividido, los ministros Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y el abogado integrante Enrique Pérez determinaron que los tres sentenciados deben cumplir la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, es decir deben ir a la cárcel.


Todos fueron sentenciados como autores de los delitos reiterados antes mencionados y que fueron cometidos entre los años 1993 y 2000. Además se los sentenció a pagar una multa de 20 UTM y las costas del proceso.


Los jueces de segunda instancia revocaron la decisión del ministro en visita Juan Cristóbal Mera que el 23 de septiembre de 2009 había absuelto a los tres condenados de su responsabilidad en los delitos de usura y estafa.


El fallo determina que los tres condenados, responsables de la financiera Eurolatina, han excedido los márgenes  del actuar legítimo en los casos de operaciones comerciales de crédito al establecer cláusulas de aceleración que permitían el cobro total de los préstamos solicitado.


"Habiendo excedido Eurolatina de modo ilegítimo el máximo de los intereses que correspondía aplicar al capital efectivamente entregado al mutuario, los representantes de dicha sociedad han incurrido en la figura penal que describe", dice el fallo.


Usura


Junto con ello los magistrados recalcal que "valga recordar, como los deudores, aparte de no tener capacidad económica, incluso tenían deudas (...) no puede ser más evidente de la absoluta incapacidad del cliente para servir un crédito en cuotas cuyo monto superaba también la cantidad mensual de sus ingresos, su situación de cesantía, de enfermedad, o el monto de su pensión y ancianidad".


Junto con la condena, el fallo acogió las demandas civiles ordenando reestablecer los dineros de los denominados gastos operacionales.


El dictamen contó con el voto en contra del ministro Villarroel quien era del parecer que a los hermanos Elgueta se les debía condenar a 10 años de cárcel.


"No cabe duda al suscrito que los representantes de Eurolatina, aprovechándose de la ignorancia, de la candidez, de la buena fe, de la necesidad económica y del apuro extremo en superar transitoriamente infortunios económicos insuperables, llegó a convencer a una gran masa de necesitados sin respaldo económico de ningún orden a contraer compromisos que desde el inicio se vislumbraban imposibles de cumplir", reflexiona el magistrado.


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Rodrigo González Fernández
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Activistas se toman sede de Congreso y Girardi arriesga censura por proteger a manifestantes

Activistas se toman sede de Congreso y Girardi arriesga censura por proteger a manifestantes

Estudiantes y ambientalistas hicieron fracasar sesión en la que ministro Bulnes discutía presupuesto de educación.

por L. Ferraro y M.J. Pavez
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"Ministro, vamos por favor", repetía insistentemente un nervioso escolta policial al titular de Educación, Felipe Bulnes, quien permanecía sentado en el salón Los Presidentes de la sede del Congreso en Santiago, donde se había reunido la subcomisión mixta para debatir el Presupuesto 2012 del sector.

El ambiente era más que tenso: minutos antes, mientras exponía el padre Fernando Montes -rector de la Universidad Alberto Hurtado-, un grupo de cerca de 60 ambientalistas y estudiantes había irrumpido en la sala, gritando consignas contra el gobierno y la oposición e increpando al secretario de Estado.

"Que se vayan todos", gritaba una joven golpeando la larga mesa del salón, a un par de metros de Bulnes, cuando algunos de los manifestantes se apostaron detrás de la silla del ministro y comenzaron a increparlo. Rodeado de su grupo de seguridad, Bulnes permanecía sentado, estupefacto.

Sorpresivamente, cuatro jóvenes se subieron a la mesa del salón, desplegando un lienzo en el que pedían "plebiscito ahora". "Usted no me mira porque no se atreve", le gritaban a Bulnes.

Ante esto, el ministro trató de salir por una puerta lateral del salón. En ese momento, algunos manifestantes le lanzaron monedas e intentaron abalanzarse sobre él, gatillando un fuerte forcejeo y el quiebre de una puerta de vidrio. Bulnes salió del lugar con dificultad y casi cayendo al suelo.

El secretario de Estado había llegado al recinto pasadas las 15.00. Ahí lo esperaban, entre otros, el presidente de la instancia, el diputado Carlos Montes (PS), los senadores Ena von Baer (UDI), Andrés Zaldívar (DC), Alejandro Navarro (ex PS), Alberto Espina (RN) y los diputados María José Hoffmann (UDI) y Pepe Auth (PPD).

Los incidentes derivaron poco después en un duro enfrentamiento entre personeros oficialistas y de la Concertación. Pero los dardos más fuertes fueron del gobierno al presidente del Senado, Guido Girardi, quien se negó a desalojar a los manifestantes.

De hecho, el grupo sólo abandonó el Congreso pasadas las 22.30 horas, luego de que Girardi y otros parlamentarios opositores se comprometieran por escrito a presentar una reforma constitucional para establecer el plebiscito vinculante. A la salida, todos fueron detenidos por Carabineros.

Ofensiva contra Girardi

Aunque los manifestantes ingresaron a la reunión de la comisión a las 15.50 horas, el grupo había llegado cerca de las 12.30, liderado por el ambientalista Luis Mariano Rendón y varios estudiantes. Ahí pidieron reunirse con el presidente de la Cámara Alta, Guido Girardi, para solicitarle un plebiscito y hablar sobre HidroAysén.

Ante la ausencia de Girardi, los senadores Mariano Ruiz- Ezquide (DC) y Jaime Quintana (PPD) dejaron a los manifestantes permanecer en la sala de lectura del Congreso, con el compromiso que esperaran en tranquilidad.

Según dicen en la Concertación, tras esto, Quintana comunicó la situación al jefe de gabinete de Girardi, Juan Walker. Sin embargo, cercanos al titular del Senado dicen que estaba en un almuerzo con el embajador de EE.UU., Alejandro Wolff, y que sólo vio los mensajes de Walker tras dicho encuentro, por lo que llegó al Senado a las 16.00.

Al arribar, Girardi se niega a desalojar a los manifestantes, argumentando que no adoptaría la misma medida del titular de la Cámara Baja, Patricio Melero, que el miércoles pidió sacar de las tribunas del hemiciclo a algunos jóvenes, momento en que ingresaron Fuerzas Especiales de Carabineros.

La postura de Girardi enardeció más los ánimos. La senadora Von Baer había encarado con dureza al diputado Montes por haber abandonado la sala apenas entraron los manifestantes. Y luego criticó públicamente a Girardi, por no dar garantías para sesionar.

Por su parte, el senador DC Andrés Zaldívar indicó que "es inaceptable cuando trataron de agredir al ministro y cuando hay gente que se sube a la mesa en el Parlamento".

En este escenario, Girardi recibió un llamado del ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter. En el diálogo, el senador pidió garantías de que los manifestantes no serían detenidos. Hinzpeter respondió que eso no dependía de él.

En paralelo, Bulnes se reunió en La Moneda con el Presidente Sebastián Piñera y los ministros del comité político. Ahí se acordó cuestionar el rol de Girardi y se abordó con preocupación la escalada de violencia en la que ha derivado el conflicto estudiantil.

Poco después, las bancadas de senadores de la Alianza acordaron pedir su censura como presidente del Senado. Aunque la Concertación tiene mayoría en la Cámara Alta, en la bancada DC dicen que, al menos, Girardio debería recibir una amonestación.

Tras el comité político, Hinzpeter anunció acciones legales ante "amenazas a un ministro de Estado y una grave perturbación del trabajo legislativo". En reserva, Bulnes puso una denuncia ante Carabineros.

Protocolo de acuerdo

Esta semana, senadores de la Alianza iniciaron acercamientos con parlamentarios de oposición, para sondear la disponibilidad de suscribir un protocolo de acuerdo que termine con el conflicto por Educación y agilice la aprobación del Presupuesto 2012. La idea, explican en el oficialismo, apunta a comprometerse en avanzar de manera gradual en la gratuidad de la educación mediante la entrega de becas. "Estamos trabajando con el gobierno en eso, en una fórmula de gradualidad, para luego llegar a un consenso con parlamentarios de la Concertación", dijo el senador Alberto Espina (RN). La apuesta es mejorar la oferta inicial del gobierno de entregar becas al 40% de los alumnos más vulnerables.


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Ocupantes de sede del Senado concluyen la toma y son detenidos

VIOLENTA ACUPACION DEL SENADO

Ocupantes de sede del Senado concluyen la toma y son detenidos

El acuerdo fue conseguido con la intervención del presidente de la Cámara Alta, Guido Girardi. Los participantes fueron trasladados a la Tercera Comisaría de Santiago.

Ocupantes de sede del Senado concluyen la toma y son detenidos
El dirigente Luis Mariano Rendón dialoga con Carabineros momentos antes del fin de la toma.
Foto: Héctor Flores, El Mercurio

SANTIAGO.- A las 21:30 horas, los ocupantes de la toma realizada esta tarde en la sede en Santiago del Senado anunciaron que darían por terminada la ocupación.

Ello se concretó a las 22:03, cuando el grupo de 47 personas abandonó el edificio. Levantaron las palmas de las manos y salieron de manera pacífica, luego de varias horas de permanencia.

Entre gritos, fueron subidos a carros policiales para que se les realice un control de identidad, según se informó en la sede parlamentaria. Fueron trasladados a la Tercera Comisaría de Carabineros. Los parlamentarios opositores Sergio Aguiló y Hugo Gutiérrez se trasladaron hasta ese cuartel policial para brindarles apoyo.

Poco antes de la llegada de los detenidos hasta el recinto policial, vecinos golpearon cacerolas en solidaridad con los estudiantes, apoderados y miembros de organizaciones sociales que participaron en la toma, mientras se congregaban manifestantes en las cercanías.

A las 22:42, un joven denunció haber sido golpeado y herido por efectivos de Carabineros, mientras vecinos del cuartel se congregaban frente a la comisaría.

Pasada la medianoche, el comandante de Carabineros Mario Rozas explicó, fuera del cuartel, que los ocupantes de la sede del Senado habían sido detenidos por "una denuncia de un ministro de Estado por perturbación del orden durante una sesión parlamentaria", y que se estaba siguiendo el procedimiento legal y reglamentario correspondiente.

Éste consiste en la identificación de los aprehendidos, la verificación de sus domicilios y la notificación al fiscal competente, agregó.

A la 1:00 de esta madrugada, la mayoría de los aprehendidos ya se encontraban en libertad y esperan la citación ante el tribunal por el incidente.

Acuerdo para "reforma constitucional"

Antes del fin de la toma, el dirigente Luis Mariano Rendón afirmó que el acuerdo con los parlamentarios que permitió poner fin a la ocupación incluye la elaboración de un proyecto de reforma constitucional "con urgencia".

Éste incluiría el establecimiento de plebiscitos vinculantes para abordar reformas cruciales, entre ellas la de la educación.

Dafne Concha, vocera de los apoderados, explicó que la ocupación pacífica buscaba promover la realización de un plebiscito sobre el conflicto educacional.

"El plebiscito vinculante es la mejor herramienta para conseguir nuestros objetivos", afirmó.

Tensión antes del epílogo

Cerca de las 22:00 horas, Rendón dialogaba con oficiales de Carabineros en la entrada del edificio, en los momentos previos a la salida de los manifestantes. Vehículos policiales esperaban para realizar su detención.

Fuera del edificio, un grupo de algunos centenares de personas que portaban banderas esperaban el fin de la toma, lanzando gritos y forcejeando contra efectivos de Fuerzas Especiales de Carabineros que los mantienen alejados de la entrada.

A las 21:55, la policía utilizó el chorro de un carro lanzaaguas contra quienes se encontraban fuera del recinto, quienes se estaban manifestando pacíficamente. Varios periodistas también fueron alcanzados por el agua.

Un fuerte contingente policial de al menos 80 efectivos se concentró frente a la entrada del recinto para llevar a cabo el operativo.

A las 22:10, los furgones de Carabineros cargados con los detenidos se movieron por calle Bandera. Cinco minutos después, la caravana, escoltada por un carro lanzagases de Fuerzas Especiales, comenzó su desplazamiento poniendo punto final a la toma.

Desde el mismo interior de uno de los furgones, Rendón dio una entrevista telefónica en la que insistió en la exigencia de que se les exhiba una orden de detención formal, según la cadena CNN.

Vallejo: "Hay anarquistas"

Fuera de la sede parlamentaria en la capital, la vocera de la Confech, Camila Vallejo, dijo que no habían estado al tanto de la realización de la toma, pero solidarizó con ella.

En cuanto a las críticas en su contra lanzadas por participantes en la acción, reconoció que "hay diferencias dentro del movimiento. Eso es legítimo y pasa. Hay desconfianza de los partidos, hay presencia de organizaciones anarquistas y obviamente hay diferencias, pero éstas no quitan la unidad".

"En ese sentido nos mantenemos unidos y las diferencias se discutirán en éstos u otros espacios", añadió.

Emol
Jueves, 20 de Octubre de 2011, 21:36
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Ocupantes de sede del Senado abandonan la toma y suben a vehículos policiales
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Fotos: Héctor Aravena - El Mercurio | actualizado el 20/10/2011
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