Ruidos molestos
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Qué se considera un ruido molesto? Todos aquellos ruidos que excedan los niveles máximos permitidos por la ley, causando molestia al vecindario y afectando la calidad de vida. La legislación chilena considera que el ruido máximo para las zonas residenciales debe ser de 55 decibeles en horario de 7 a 21 horas -que equivale al ruido que produce el aire acondicionado de ventana, por ejemplo-, y de 45 de 21 a 7 horas, que equivale el ruido de una calle sin tanto tráfico. Para hacerse una idea, una conversación normal tiene en promedio 60 decibeles, una aspiradora produce 70 decibeles; una motocicleta entre 100 y 110 y una discoteca 120 decibeles. ¿Qué normas regulan los ruidos molestos?
¿Qué regulan las ordenanzas municipales sobre ruidos molestos? Las ordenanzas municipales dictan disposiciones, prohibiciones y sanciones para proteger de la contaminación acústica a la población que reside en la comuna. Estos reglamentos varían de un municipio a otro. ¿Qué ruidos molestos prohíben en general las ordenanzas municipales? ¿Quién evalúa los ruidos de fábricas, empresas, lugares de diversión, etc. (fuentes fijas)? ¿Cuáles son los niveles máximos permitidos? ¿Quién fiscaliza? ¿Desde qué hora se puede denunciar los ruidos molestos? ¿Dónde se pueden denunciar los ruidos molestos? En los condominios se puede denunciar al comité de administración para que aplique la multa que fija el Reglamento de Copropiedad. También se puede hacer la denuncia a Carabineros o directamente al Juez de Policía Local. También se puede denunciar directamente en el Servicio de Salud de la región, cuando se trate de ruidos que emanan de fuentes fijas. ¿Cómo opera Carabineros? ¿Dónde se paga la multa? ¿A qué se expone si hace muchos ruidos que molesten a sus vecinos? ¿Cómo se soluciona el problema de los ruidos molestos en los condominios? Están construyendo un edificio al lado de mi casa y me molestan los ruidos ¿Qué acciones puedo realizar?
La constructora tiene horarios de trabajo establecidos con anterioridad al inicio de la construcción, que debe poner en conocimiento de la Dirección de Obras Municipales y respetar.
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CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN LIBREMENTE
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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