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Wednesday, July 16, 2008

PODER JUDICIAL DEBE TENER INDEPENDENCIA Y FLEXIBILIDAD EN EL MANEJO DE SUS RECURSOS.

José Francisco García analiza conflicto...
Conflicto entre el Gobierno y la Corte Suprema:
PODER JUDICIAL DEBE TENER INDEPENDENCIA Y FLEXIBILIDAD EN EL MANEJO DE SUS RECURSOS.


Por segunda vez en menos de 16 meses la Corte Suprema ha manifestado un virtual cese de relaciones con el Gobierno, por el impasse generado entre el máximo Tribunal y los Ministerios de Justicia y Hacienda, entre otros, por la propuesta del Ejecutivo de entregarle a la Contraloría General de la República el control de los gastos que realiza la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que es en la práctica, el órgano ejecutivo al interior del Poder Judicial, donde se concreta el poder económico-administrativo de la Corte Suprema respecto de todo el sistema judicial. 

Respecto a este tema, el Director del Programa Justicia de LyD, José Francisco García sostuvo que en esta materia el principio es claro: debe existir la máxima independencia externa del Poder Judicial respecto de los poderes políticos a quien controla e importantes grados de flexibilidad en el manejo de los recursos una vez asignados en la Ley de Presupuesto. 

"No podemos exigirles cuenta del usos de recursos sino le damos a dicha institución una libertad mínima para poder usarlos y responder de ellos", afirmó. 

Ya en el verano de 2007 se había generado el famoso "Supremazo" donde, tras la jornada de planificación de la Corte Suprema a fines de 2006, se extendió una carta a la Presidente de la República estableciendo una serie de falencias e incumplimientos graves del Ejecutivo en materia de diversas reformas judiciales, lentitud en los nombramientos, entre otras. 

Según García esto es grave desde el punto de vista institucional, y "constituye un espectáculo lamentable para un país serio como pretende ser Chile".

El debate de fondo en esta materia dice relación con la autonomía presupuestaria que debe gozar el Poder Judicial. 

En este sentido, señala el abogado de LyD, una vez aprobados los recursos de dicha institución en la Ley de Presupuesto, se debiera dejar gran flexibilidad al propio Poder Judicial para asignar dichos recursos de la manera que este estime mas adecuada. 

Lo anterior sobre la base de dos condiciones. En primer lugar, debe existir una rendición de cuentas seria, periódica y pública en materia de eficacia y eficiencia del gasto judicial. 

"Esto es fundamental dado que los actuales estándares de transparencia son mas bien bajos. La experiencia comparad muestra casos de Cortes Supremas y Poderes Judiciales muy avanzados en la materia. Hay que recordar además, que las normas de la Ley de acceso a la información pública, no se aplican al Poder Judicial; sin perjuicio del principio constitucional de publicidad garantizado en el artículo 8° de la Constitución, que afecta a todo órgano del Estado", explicó García. 

En segundo lugar, agrega el experto, es fundamental una profesionalización, mayor autonomización respecto de la Corte Suprema y tecnificación de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, o bien, establecer, bajo estos principios, una verdadera Gerencia Judicial; la que esté encargada además de la gestión de los recursos (también los recursos humanos como los jueces), de la generación de indicadores de eficiencia y desempeño de los recursos judiciales. 

Algunas de estas cuestiones vienen incluidas en el proyecto de ley denominado de flexibilidad presupuestaria, uno de los proyectos ejes de la llamada mesa judicial de 2004, sin embargo, dichas iniciativas han quedado entrampadas en el Congreso y el Ejecutivo no les ha entregado la urgencia del caso. 

Santiago, 15 de Julio de 2008

http://www.lyd.com/lyd/ind
ex.aspx?channel=3793&appin


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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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