Trascendental fallo del TC Haciendo uso de las nuevas facultades que le fueron conferidas en la reforma a la carta fundamental de agosto de 2005, el Tribunal Constitucional derogó el artículo 116 del Código Tributario, siendo ésta la primera vez en la historia del país que un órgano jurisdiccional elimina un precepto legal del ordenamiento jurídico. La norma declarada inconstitucional permitía al director regional del SII autorizar a funcionarios de esa repartición obrando por orden de aquél para co-nocer y fallar reclamaciones y denuncias. El uso de esta facultad se hizo extensivo entre los directores regionales, pese a que con ello, a todas luces, se violaba el principio de legalidad en materia jurisdiccional, porque las causas eran sustanciadas por un tribunal no re-conocido en la legislación. Así lo había entendido ya la Corte Suprema, que declaró el artículo 116 inaplicable por inconstitucional en más de 70 ocasiones, y el propio Tribunal Constitucional lo hizo más de 30 veces. También las cortes de apelaciones ya habían anulado sentencias definitivas dictadas por delegados de los directores regionales, dándose lugar a una situación de completa anomalía e inseguridad jurídica. Por eso, el mismo SII ya había emitido una circular, en octubre del año pasado, recomendando que los directores regionales reasumieran las facultades de conocer y resolver las reclamaciones de los contribuyentes contra las liquidaciones, giros, pagos y resoluciones. Urge avanzar en la tramitación del proyecto de ley que crea dichos tribunales, presentado al Congreso en agosto de 2002 y reimpulsado por una indicación gubernamental de octubre del año pasado, que constituye un avance en asegurar una real independencia de estos jueces. De seguir dilatándose su tramitación, se plantea la posibilidad de que el Tribunal Constitucional se pronuncie en contra de la existencia misma de la justicia tributaria actual, por lesionar ella la garantía constitucional del debido proceso. |
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
CONSULTAJURIDICACHILE.BLOGSPOT.COM
Telefomo: 5839786
CONSULTENOS, ESCRÍBANOS
TELEFONO: CEL. 76850061
RENATO SANCHEZ 3586 SANTIAGO,CHILE
No comments:
Post a Comment