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Thursday, April 10, 2014

"Los 35". profesionales que asesorarán en el nuevo Juicio ante la Corte Internacional de Justicia, esta vez demandados por Bolivia

 
Samuel Fernández
Abogado (UC), Magister en Derecho (UCEN), Embajador (R). Académico Universitario y Profesor de la Academia Diplomática.
        

“Los 35”.
        


Sí, usted ha leído bien, 35. Y no los ya conocidos 33 mineros rescatados. Son los profesionales que asesorarán en el nuevo Juicio ante la Corte Internacional de Justicia, esta vez demandados por Bolivia, cuya Memoria será presentada antes del 17 de abril en curso. Otro desafío limítrofe para nuestro país. Pertenecen a diferentes corrientes de opinión, especialidades legales, diplomáticas, de relaciones Internacionales, políticas, militares, y otras; dirigidos por los nuevos Agentes designados por el Gobierno. Nada podemos decir respecto a sus capacidades, experiencia y compromiso, pues cada uno es del más alto nivel, como corresponde.
En todo caso, lo verdaderamente importante será alcanzar un consenso en cuanto a la estrategia a seguir, y el énfasis en la línea defensiva que se decidirá, una vez que seamos notificados de la Memoria boliviana. Un punto trascendental para defendernos en La Haya, y de manera particular, en consideración al reciente Fallo, en el Juicio que nos llevó Perú sobre el límite marítimo.
En apretada síntesis, quedamos con una sensación mixta, mitad satisfechos, y mitad no. La Corte decidió que el nuevo límite marítimo pasaba por el Paralelo que Chile alegaba, y que éste partía del Hito 1, si bien sólo por 80 millas marinas y no las 200 que, alegamos, habíamos acordado en los Tratados de 1952 y 1954, amparados por una práctica ininterrumpida de 60 años. A Perú se le asignó, desde la milla 80, una línea equidistante, cercenada de la Zona Económica Exclusiva chilena, más un importante triángulo externo marítimo, que para nosotros era Alta Mar. Asimismo, se nos encerró en breve porción nuestra Zona, por la respectiva Zona peruana, y de ahí al sur, siguen nuestras, tradicionales 200 millas, que Chile contribuyó a inventar, y que el Derecho del Mar ahora reconoce universalmente. Salvo para el inventor en su límite marítimo con Perú.
En consecuencia, Perú ganó a expensas de Chile lo que no pensamos tenía derecho. Si bien lo más significativo, es que Chile mantuvo parte de lo que defendía, no por nuestros argumentos jurídicos, ni por los Tratados, ni por la práctica internacional, ni por los instrumentos presentados, ni por ninguna razón legal alegada ante la Corte. Sino porque ésta determinó que el Paralelo era una “práctica pesquera tácita”, que partía del Hito 1, y no un límite marítimo convenido. Y sólo por 80 millas, porque hasta ahí se concentraba dicha pesca. Eso dice la sentencia para el que desee leerla. Vale decir, no ha sido un Fallo estrictamente basado en el Derecho Internacional que Chile, sus Agentes y Abogados defensores alegaron; sino en un Derecho de esa época, cuestionable hoy, que ha evolucionado hacia soluciones más equitativas, acorde con los nuevos tiempos, donde otros factores, convicciones personales de los Jueces, y situaciones de desequilibrio, también inciden ahora de manera esencial. Las últimas sentencias de la Corte así lo confirman, y no sólo en el caso con Perú. Todo un aprendizaje  para el nuevo caso con Bolivia.
Tendencia que no deberían dejar de lado “Los 35”; aunque ambos casos sean  enteramente distintos, jurídicamente. Y también sus argumentaciones y fundamentos que sustentan  la autodenominada “gestión espectaticia” boliviana ante la Corte. Sin embargo, estas nuevas consideraciones igualmente podrían condicionarnos. Perú y Chile, no recibieron opiniones ni a favor ni en contra. No así Bolivia que ha iniciado una acción diplomática activa, y expresamente sabemos que cuenta con respaldos regionales. Si se apreciara adolece de una situación inequitativa de enclaustramiento, La Corte, para despejarla, basada en los variados ofrecimientos chilenos de solución, como Actos Unilaterales creadores de derechos obligatorios; y múltiples negociaciones bilaterales frustradas, incluyendo la actualmente ofrecida, podría considerarlas como base suficiente para decidir que deberíamos resolver esta controversia. Ampararnos únicamente en el Derecho como lo concebimos, no fue acogido por la Corte, respecto de Perú, ni tampoco es un caso ganado de antemano, como tantas veces se afirmó. Un nuevo escenario digno de ser meditado frente a este nuevo pleito ante la misma Corte. (Santiago, 9 abril 2014)

 
Fuente:diarioconstitucional

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en “Responsabilidad Social Empresarial” de la ONU
Diplomado en “Gestión del Conocimiento” de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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