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Wednesday, September 23, 2009

empresas tienen hasta El 19 de diciembre para cumplir con obligaciones de la norma

empresas tienen hasta El 19 de diciembre para cumplir con obligaciones de la norma

Los cambios que la Ley de igualdad salarial trae para las organizaciones

Paulina Orellana Y. DF



Según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a nivel mundial, las mujeres perciben sólo el 78% del sueldo de los hombres, para un mismo cargo. En Chile el panorama es similar, ya que las mujeres ganan el 79% del salario de sus colegas varones, aunque esa brecha se hace más profunda cuando aumenta la responsabilidad del cargo y el nivel de educación es mayor. En ese caso, la remuneración de las ejecutivas equivale al 66% de la de sus pares hombres, según datos de la OIT.

La entrada en vigencia de la nueva Ley de Igualdad Salarial (N° 20.348) intenta hacerse cargo de este conflicto obligando a las empresas a terminar con las inequidades y a no hacer discriminaciones de género frente a una misma labor.



¿Más burocracia empresarial?

A partir de la publicación en el Diario Oficial de esta ley (el 19 de junio de 2009), las empresas con 200 o más trabajadores tienen seis meses para ponerse al día con las obligaciones que establece la norma. Así, el 19 de diciembre es el "día D" para que las organizaciones hayan regularizado su planilla y evitar el pago de multas.

"Para las empresas  esto representa una tarea de levantamiento de todos sus procesos y revisar la estructura de compensaciones de sus trabajadores, así como también revisar los procesos de evaluación", señala Michel Laurie, gerente de servicios laborales de KPMG.

Al respecto, Mauricio Peñaloza, socio de Ernst & Young, comenta que se trata de un proceso que generará más burocracia para las empresas. 

"La ley no introdujo cambios de fondo. No hay cambios sustanciales, ya que con la nueva justicia laboral el trabajador ya estaba protegido y todo esto quedó regulado en la Dirección del Trabajo.  Los cambios son en la forma y en una serie de nuevos procedimientos que tendrán que llevar adelante las compañías", explica.



Obligaciones para las empresas

La ley define que las organizaciones tendrán que cumplir con tres obligaciones.

1.- Dar cumplimento al principio de igualdad de las remuneraciones entre hombres y mujeres.

2.- Crear un procedimiento de reclamación en el reglamento interno (duración máxima de 30 días).

3.- Elaborar un registro que consigne los diversos cargos o funciones de todos los trabajadores en la empresa y sus características técnicas esenciales.  El registro tendrá que quedar consignado en el reglamento interno de la organización.

"Hay algunas empresas que aún no se han puesto a trabajar  y esto significa una gran carga y responsabilidad para las áreas de recursos humanos, ya que tendrán que estar atentas a más variables. Será mayor la formalización del quehacer de cada compañía y por lo mismo,  será una ventana para que surjan o se creen conflictos laborales. Por eso es importante que las organizaciones se preparen", señala Mónica Fernández, abogada especialista en derecho laboral de Deloitte.

Un tema a tener en cuenta es que no serán consideradas arbitrarias las diferencias en las remuneraciones que se funden, entre otras razones, en: las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad y productividad. "En la variable responsabilidad se pueden buscar diferencias salariales entre los ejecutivos de la empresa, apelando al compromiso y obligaciones que tenga cada trabajador. Es importante que el listado de cargos se realice con mucho detalle", acota Laurie.


FRATERNALES SALUDOS,
Rodrigo González Fernández
DIOPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIENTO  DE LA ONU
www.consultajuridica.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
Oficina: Renato Sanchez 3586 of. 10
Teléfono: celular, 93934521
Santiago Chile

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