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Thursday, March 05, 2009

URUGUAY: Uruguay busca prevenir y sancionar acoso sexual en trabajo y enseñanza

Uruguay busca prevenir y sancionar acoso sexual en trabajo y enseñanza

04 de Marzo de 2009, 10:57am ET
MONTEVIDEO, 4 Mar 2009 (AFP) -

El gobierno uruguayo remitió al Parlamento un proyecto de ley para "prevenir y san0cionar el acoso sexual" tanto a nivel laboral como educativo, y prevé indemnizaciones para las víctimas, según la iniciativa divulgada en el sitio web de la Presidencia.

El proyecto, surgido de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, de Educación y Cultura, y de Desarrollo Social, califica al acoso sexual como "una de las lesiones más graves al derecho a la igualdad", y como una forma de "discriminación" y "abuso de poder" que causa en las víctimas "profundas distorsiones en la salud física y mental".

Asimismo, lo califica como "una lesión a los derechos fundamentales de trabajadores y trabajadoras: el derecho a la no discriminación y el derecho a la intimidad, relacionado con el derecho a la dignidad, el derecho a la seguridad y a la salud en el trabajo, el derecho a la libertad sexual y el derecho a trabajar en un ambiente libre de violencia".

Según el proyecto, y sin perjuicio de las acciones administrativas y penales que correspondan, las víctimas de acoso sexual serán indemnizadas por "daño moral" con seis meses de salario, y de configurarse una situación de despido indirecto, se considerará despido abusivo y la indemnización será el doble.

Si el sujeto de acoso sexual es un estudiante, la indemnización se calculará en base al salario del docente o jerarca culpable.

Si el autor del acoso es un trabajador dependiente, será sancionado de acuerdo a su comportamiento y podrá ser despedido por notoria mala conducta.

En el caso de los funcionarios públicos, la tipificación del acoso sexual será de "falta grave".

El texto fija obligaciones para empresarios y jerarcas del sector público para prevenir el acoso sexual, como la obligación de investigar la denuncia y a presentar sus conclusiones en un plazo no mayor a 30 días.

Los empleadores o jerarcas serán considerados responsables del acoso sexual si, estando en conocimiento de una situación semejante de parte de un empleado o subalterno, no adoptaron las medidas necesarias para corregir la situación.

Asimismo, el proyecto de ley reconoce el acoso sexual entre personas del mismo sexo, en tanto afirma que "las mujeres están mucho más expuestas a ser víctimas del acoso sexual porque carecen de poder y se encuentran en posiciones más vulnerables".

Ello "en razón de los roles atribuidos a hombres y mujeres en la vida social y económica que, a su vez, directa o indirectamente, afectan la situación de las mujeres en el trabajo", indica.

Agrega que las mujeres "también corren peligro de padecer esta conducta cuando se las percibe como competidoras por el poder", indica el proyecto enviado al presidencte de la Asamblea General, el vicepresidente Rodolfo Nin Novoa.

Las víctimas de acoso sexual, ya sean trabajadores o estudiantes, podrán presentar su denuncia en la empresa o centro de enseñanza donde se desempeña, así como en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Asimismo, si la investigación no se sustancia en el plazo de 30 días previstos por la ley, o si la víctima estima que el resultado lesiona sus derechos, podrá recurrir a la Inspección del Trabajo y solicitar otra investigación a cargo de esa repartición oficial.

Cada una de las partes involucradas podrá presentar hasta cinco testigos que, al igual que el denunciante, no podrán ser objeto de represalias por parte del empleador. Si son despedidos dentro de los 180 siguientes a la denuncia de acoso, será considerado despido abusivo, señala la iniciativa.

yow/lm


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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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