Inscripción automática y voto voluntario
dic. 17 , 2008
A comienzos de mes, la Comisión de Constitución del Senado aprobó la reforma constitucional que establece el sufragio voluntario y la inscripción automática en los registros electorales. Esta modificación a esta altura se está transformando en básica para mejorar la participación electoral de los ciudadanos.
Veamos algunos elementos prácticos al respecto. En cifras gruesas, en Chile existen 12 millones de personas en edad de sufragar, de los cuales sólo 8 millones están inscritos en los actuales registros electorales; de ellos votaron algo más de 6 millones en las municipales de octubre y en la última presidencial, casi 7 millones. Esto implica que cerca del 42% de las personas en edad de votar no están participando de dicho proceso y lo que es más complejo, el presidente está siendo elegido por el 30% de dicho universo.
Con este panorama es claro que algo se debe hacer para incentivar la participación de la población en la elección de sus autoridades. Si bien es cierto y es parte de los argumentos a favor del status quo, en países desarrollados la participación es también moderada, el ejemplo de la elección de Obama en EE.UU. con un 64% de participación, así lo demuestra.
En el actual escenario, lo primero que sería necesario definir es si el voto es un derecho o una obligación, lo que no es menor ya que marcaría la responsabilidad que debiese ser exigida a quienes automáticamente pasarían a formar parte del padrón electoral y dejaría de ser voluntaria su votación.
Otro punto necesario de analizar es quién sería el responsable de mantener y custodiar el sistema de registro electoral. Hoy recae en el Servicio Electoral (Servel), pero al leer el proyecto da la impresión que esto quedaría en manos del Servicio de Registro Civil e Identificación. Esto no resulta menor, ya que sin intentar poner un manto de duda sobre este último Servicio, sería mucho más conveniente acrecentar la institucionalidad de una repartición como el Servicio Electoral como un ente autónomo del Estado, utilizando la figura del Banco Central -para que se entienda- dando garantía de imparcialidad e inclusión, ya que sus miembros serían propuestos por el Ejecutivo y ratificados por el Senado.
Existen dos elementos importantes a la hora de hacer el análisis, pero que sólo dejaremos enunciados. El primero dice relación con el domicilio del nuevo inscrito, lo que no genera ningún problema cuando nos abocamos a la elección presidencial, pero en el caso de la parlamentaria y municipal, este elemento resulta crucial. Si nos regimos por la dirección señalada en el carné de identidad, qué pasa si el votante ya no vive en el lugar, cómo se contactará o dejaremos a la responsabilidad del nuevo elector el preocuparse de buscar en qué circunscripción o distrito está inscrito.
Por último, nada resultará de una modificación legal si los partidos políticos y sus dirigentes no cambian ciertas prácticas que han alejado a la ciudadanía en tal sentido, lo relevante es motivar e incentivar a la participación y para ello no se requiere ley, sólo la voluntad de ampliar los espacios donde las personas puedan expresarse.
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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