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Thursday, March 17, 2011

Corte de Santiago resolverá si designa ministro en visita para caso Karadima

Corte de Santiago resolverá si designa ministro en visita para caso Karadima

Jueves 17 marzo 2011 | 2:40

Publicado por Denisse Charpentier | La Información es de Erik López •  18visitas

Hoy jueves el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago resuelve si designa un ministro en visita para investigar las denuncias por abusos sexuales interpuestas contra el sacerdote Fernando Karadima.

Se trata de una sesión extraordinaria de los jueces que integran el tribunal de alzada que comenzará a partir de las 8:30 horas.

Tanto la defensa del cura, como los querellantes, pidieron la designación de un ministro especial, teniendo en cuenta que sólo queda un juzgado del crimen en funciones.

El lunes recién pasado el caso fue reabierto por orden de la cuarta sala de la Corte de Apelaciones, que consideró insuficiente la investigación que desarrolló el juez Leonardo Valdivieso.

Este magistrado había decretado el sobreseimiento definitivo de la causa, sin embargo el tribunal concluyó que aún faltaban hechos que indagar.


Fuente:radiobiobio
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Rodrigo González Fernández
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marketingpolitico2.0 El Arte de la Fotografía Política (VIDEO) – David RossBlog de: Daniel Marquez

El Arte de la Fotografía Política (VIDEO) – David Ross

David Ross

Entrevista con David Ross, quien sostiene que la foto del candidato es la fachada de la campaña electoral. Las mujeres son más difíciles de fotografiar dice Ross, quien afirma también que hay una diferencia entre "hermosura" y "belleza".

 

Sobre David Ross:

Prestigiado Fotógrafo Retratista con treinta y cinco años de trayectoria y más de mil 500 personalidades retratadas.

Su más importante característica es que obtiene de los personajes que retrata, la mejor expresión y la personalidad del LÍDER TRIUNFADOR.

Ha creado un estilo muy personal: el Retrato Fundido al Negro, lo que ha sido considerado más que un retrato, una pintura. Quienes lo poseen, lo conocen como un "Ross".

En el ámbito político ha sido fotógrafo de Presidentes de México. Su trayectoria abarca retratos oficiales de reuniones internacionales de Presidentes, así como Secretarios de Estado, Gobernadores, Primeras Damas, Senadores, Diputados, Presidentes Municipales y Líderes Políticos de todas las ideologías.

Reconocidos especialistas en Mercadotecnia Política y candidatos de todos los partidos políticos, han descrito su trabajo como "el primer paso para una campaña exitosa y pieza fundamental para el triunfo electoral".

He retratado a los más destacados Empresarios, Premios Nobel, Personalidades de la Cultura, Las Artes, El Medio Artístico y de diversas actividades a nivel nacional e internacional.

Todos reconocen la calidad de su trabajo con testimonios en los que se resalta su inigualable dominio de "la expresión".

David Ross tiene un nuevo proyecto: el retrato de otra personalidad: ¡Usted!

http://davidross.com.mx/


Fuente:http://blog.marketingpoliticoenlared.com/2011/03/17/el-arte-de-la-fotografia-politica-video-david-ross/

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Wednesday, March 16, 2011

Google, condenada en Francia a retirar enlaces a un vídeo pornográfico de una profesora

Google, condenada en Francia a retirar enlaces a un vídeo pornográfico de una profesora

La demandante alega que fue grabado cuando tenía 18 años y puesto en Internet sin su consentimiento

EL PAÍS - Barcelona - 16/03/2011

 

Un tribunal de Montpeller ha condenado a Google a retirar de la lista de resultados que ofrece su buscador los enlaces a un vídeo pornográfico protagonizado por una persona que actualmente es profesora. La demandante, Marie C., alegaba que al colocar su nombre o términos como "escuela de Laetitia", el buscador enviaba al internauta a sitios pornográficos donde se ofrecía este vídeo pornográfico de aficionados. Algunos sitios aseguran que la demandante era en aquel entonces actriz porno "amateur".

      La profesora exponía en la demanda que mostrar estos enlaces constituía un atentado a su vida privada, tratamiento ilícito de datos personales y un perjuicio a su imagen en la medida que sus alumnos, amigos o familiares podían conocer este episodio del pasado. Se trata en definitiva de reconocer el derecho al olvido, un tema sometido a notables disputas doctrinales.

      Aunque Google no es quien publica los citados contenidos, el juez considera que al asociar un nombre de búsqueda a estos resultados lo hace responsable de la violación de la vida privada. El tribunal rechaza que se trate de una ofensa al derecho a la propia imagen porque Google no es el editor de los sitios que publican el mencionado vídeo.

      El tribunal defiende el derecho de una persona a solicitar la desindexación de páginas y rechaza el argumento de Google de que su retirada supondría un atentado a la libertad de expresión. El tribunal considera esta restricción justificada para respetar la vida privada de la demandante.

      En España, esta polémica está igualmente viva. La Audiencia Nacional tiene en sus manos un contencioso entre Google España y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre quién debe retirar de Internet un enlace a una información o dato sobre una persona cuando ésta lo reclama. En la actualidad hay más de 90 casos planteados por la AEPD y unos 60 recursos de Google contra resoluciones de la citada agencia reclamándole la retirada de enlaces que considera sensibles y perjudiciales para el peticionario. Cinco de estos casos han llegado a la Audiencia Nacional que probablemente eleve una consulta al Tribunal Europeo.

      El conflicto se repite casi siempre en los mismos términos. Una persona, física o jurídica, se considera perjudicada porque una noticia o documento, por ejemplo una sentencia, siga viva en la red a pesar de que las circunstancias de aquella noticia o caso han variado...y solicita la retirada del enlace. La Agencia Española de Protección de Datos considera que no puede obligarse a la fuente de la noticia o documento a retirarla porque ello alteraría el propio historial y se dirige al buscador para que deje de presentar el enlace. Google sostiene que su tarea es rastrear lo que ofrece la red y su papel es el de listar lo que existe, no censurarlo. La empresa sostiene que es la fuente quien debe reaccionar ante una petición de este tipo retirando el archivo, o en el caso de que ello no proceda, bloqueando el acceso a la página por parte de los buscadores. Existen herramientas, como los robots txt, que lo hacen.


      Fuente:ELPAIS
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      ¿QUE ES EL PODER JUDICIAL ?

       

       ¿QUÉ ES EL PODER JUDICIAL?


      Chile es una república democrática, al decir del artículo 4º de la Constitución Política. Rige un Estado de Derecho, en el cual las distintas funciones del Poder son realizadas por distintos órganos, independientes entre sí. Al Poder Judicial le está encomendada la facultad de administrar justicia, que está entregada a los Tribunales de Justicia, los cuales en su conjunto, y con contadas excepciones, conforman el Poder Judicial.

      Una de las bases de nuestra institucionalidad es la Independencia del Poder Judicial, que está consagrada expresamente en el artículo 76 de nuestra Constitución Política de la República, al disponer que "La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos." Pero, así como los tribunales de justicia son independientes en el ejercicio de sus funciones, están obligados a respetar, desde luego, la independencia y atribuciones de los demás poderes públicos. Este principio lo consagra el Código Orgánico de Tribunales, al prohibir al Poder Judicial mezclarse en las atribuciones de otros poderes públicos.

      Además, los tribunales están dotados de la facultad de imperio para hacer cumplir sus resoluciones, facultad que consagra expresamente el mismo artículo 76, cuando dispone que "Para hacer ejecutar sus resoluciones, y practicar o hacer practicar los actos de instrucción que determine la ley, los tribunales ordinarios de justicia y los especiales que integran el Poder Judicial, podrán impartir órdenes directas a la fuerza pública o ejercer los medios de acción conducentes de que dispusieren. Los demás tribunales lo harán en la forma que la ley determine." La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar.

      Centro de Justicia de Santiago

      Salón de Honor C.


      Fuente:WWW.PODERJUDICIAL.CL
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      LEYENDO A MI AMIGO FRANCISCO RUBIALES

      El regreso de Dios


      Nota

      Cuando hace un par de años John Micklethwait, director del semanario The Economist", publicó el libro "God is back" (Vuelve Dios), abrió las puertas al que será uno de los grandes debates del siglo XXI. Pero él no anticipa nada porque se limita a analizar un fenómeno cada día más evidente en la cultura occidental: el regreso a la cultura, a la política y a la sociedad de ese Dios que había sido expulsado.
      ----



      El regreso de Dios
      Dios, expulsado de la cultura occidental dominante desde mediados del siglo XIX, cuando se creía que Dios y modernidad eran incompatibles, está regresando en el siglo XXI, un siglo que algunos pensadores ya definen como "el siglo de Dios" o "El siglo de la espiritualidad".

      Dios fue claramente expulsado de la cultura en la etapa final de la Ilustración, más bien a partir de la segunda mitad del siglo XIX, cuando la revolución de la ciencia y de la técnica, los grandes descubrimientos geográficos y lacolonización de nuevos paises y espacios hicieron que el hombre se sintiera dueño del Universo y sin necesidad alguna de tener un Dios.

      Pero, curiosamente, ha sido la modernidad, al permitir una libre competencia entre las ideas laicas, el ateísmo y las religiones, la que ha traido de nuevo a Dios, triunfante en esa dialéctica. Las demanda de enfoques y soluciones religiosas no para de crecer entre unos ciudadanos que desean, cada día con más fuerza, un rearme ético y religioso de la sociedad, de la cultura y de la política.

      Micklethwait afirma que aquellos, como Fukuyama, que al descubrir la gran ausencia de Dios de los grandes acontecimientos del siglo XX, anticiparon un mundo futuro sin sitio para Dios, se han equivocado.

      Ciertamente, Dios está regresando a nuestro mundo cargado de salud y de fuerza, con una presencia creciente en la política, en la cultura y en la vida de unos seres humanos que, sin la idea de Dios se sienten no sólo huérfanos y desamparados, sino también desorientados y en un peligroso mundo sin valores..Algunos pensadores creemos que dentro de una década, los "sin Dios" serán expulsados del liderazgo y resultará inconcebible que un ateo o un agnóstico pueda ser elegido en las urnas líder de una comunidad de creyentes. Sería como "poner al lobo al cuidado de las ovejas".

      Micklethwait, que es católico, pero que ha escrito "God is back" al alimón con el ateo Adrian Wooldridge, opina que Dios nunca se fue de Estados Unidos, aunque sí de otros muchos espacios y culturas del mundo, especialmente de Europa. Ambos autores han estudiado el auge de los movimientos religiosos en todo el mundo, incluyendo el mundo islámico, y se sienten capaces de afirmar que el regreso de Dios es una corriente poderosa, prácticamente indetenible.

      Exponen el fenómeno de la "competencia" entre las distintas religiones como causa y efecto de ese retorno de Dios y señala a Latinoamérica, un territorio tradicionalmente católico en el que hoy se han intruducido con gran éxito numerosas iglesias evangélicas y sectas.

      Cree que la elección de Obama, que es tan religioso como Bush, potenciará a escala mundial el regreso de Dios a la vida política, especialmente en Europa, donde muchos políticos han luchado por expulsar a Dios de la cultura y de la sociedad. Obama, como portador de una cultura religiosa, es más aceptable para los europeos que Bush.

      Pero el acontecimiento que más influencia tuvo en el retorno de Dios fue, con toda seguridad, la caída del Muro de Berlín. El hundimiento del comunismo, que, junto con el socialismo, fue el mayor asesino de Dios en toda la Historia, representó también el hundimiento de las certezas que proporcionaban el Estado y la filosofía política y el inicio de una etapa marcada por las incertidumbres, las dudas y la conciencia de que el mundo construido por el hombre está mal diseñado, es injusto y sólo beneficia a unos cuantos poderosos cargados de privilegios y de arrogancia. Los "progres", herederos culturales y, en algunos aspectos, también políticos de los derrotados comunistas, también están siendo derrotados en todo el planeta, una vez descubiertas sus falsedades, engaños, tendencias totalitarias y la gran verdad oculta de sus ansias irrefrenables de dominio.

      Los autores piensan que la ausencia de Dios causó estragos en la política y en la cultura, al menos durante el siglo XX, en el que fueron asesinados decenas de millones de personas por estados gobernados por ateos militantes, como China (Mao), la URSS (Stalin), Alemania (Hitler) y otros muchos. Además, analiza el fenómeno de que las grandes guerras mundiales del siglo XX no fueron guerras de religión, como las que asolaron Europa en el pasado, sobre todo en el siglo XVI y XVII, sino guerras marcadas por la más completa ausencia de Dios.



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      ENERGIA NUCLEAR: CONVENIO NUCLEAR CON LOS EEUU

      NUEVAMENTE SE CRITICARÁ AL PRESIDENTE PIÑERA POR HACERLO BIEN
      Todo el mundo critica la energía nuclear producto del desastre nuclear en Japón luego  de terremoto y maremoto de enormes proporciones nunca visto antes en el mundo.

      La energía nuclear, que tuvo un momento de máxima expansión hace 40 años a nuestros días ha experimentado una evolución extraordinaria en el plano científico y en torno a las seguridades. A pesar de los desastres como el de Chernobyl, hace 25 años, y el de Three Mile Island en EE.UU. en 1979.

      Se están construyendo unos 60 nuevos reactores, se planean otros 150 en los próximos diez años y 200 más para la década 2020-2030.

      Chile suscribirá un protocolo o Convenio  sobre el particular con los EEUU no  en plena crisis mediática  de la energía atómica en el mundo o mejor dicho cuando más cobertura mediática negativa enfrenta por lo de Japón. (Fukushima y otros ) A su turno, Angela Merkel pone ¿marcha atrás con la política nuclear? Al menos pospone cualquier resolución por tres meses. También grupos ambientalistas cambian su posición .En general muchos sectores  y lideres que ya se habían manifestado proclives a la energía nuclear  hoy  ponen cordura, cautela y manifiestan reparos .En el mundo de lo nuclear hay muchos intereses comprometidos, millones de millones de dólares y que hoy ven bajas en las acciones debido  a la coyuntura de Japón

      Para unos la energía atómica es sucia y para otros es " la forma de energía más económica y ambientalmente más segura"

      Si se mira el presente , sin lugar a dudas será una decisión de alto costo para la " popularidad" del presidente  Sebastián Piñera y su gobierno, que se reflejarán en próximas encuestas. Pero si se mira el futuro se trata de una medida acertada y que el país necesita, pero no lo dirán las encuestas .

      Firmar un acuerdo en materia de energía nuclear en estos días es una muestra de enorme valentía política, pero que las encuestas no reflejarán como tal ; nuevamente se le criticará al gobierno por hacerlo bien.


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      Sernac recomienda que TDLC analice la fusión entre LAN y TAM

      Sernac recomienda que TDLC analice la fusión entre LAN y TAM

      Agregó que espera que el organismo haga un análisis más profundo del mercado.

      

      Una recomendación que puede ser considerada como relevante dentro del caso entregó el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en el marco de la fusión de las aerolíneas LAN y TAM.

      El Sernac señaló que, pese a que cree que a grandes rasgos la operación no afectaría mayormente a los consumidores, planteó que "se hace necesario observar y analizar estas operaciones con atención", agregando que es recomendable que el TDLC analice la fusión.

      "Parece recomendable que este Honorable Tribunal analice y se pronuncie respecto a la operación consultada de manera de contar con la seguridad de que ésta se ajusta a la normativa que aquí nos interesa", indicó el escrito ingresado por el Sernac.

      En materia de los efectos que puede generar en el mercado la operación, el Sernac comentó en su análisis que le parece que es necesario realizar un análisis a fondo de las condiciones de competitividad en el mercado aeronáutico, más allá de rutas puntuales donde se genere concentración.

      El servicio sostuvo que efectivamente la fusión no sería perjudicial para los consumidores, pero que es su deber "remarcar que una concentración horizontal, como la que aquí se plantea, implicará una modificación inmediata en la estructura de la industria aeronáutica chilena, ya que las dos empresas que se fusionan, LAN y TAM, que antes eran competidoras en el mercado internacional de tráfico de pasajeros, ahora pasan a convertirse, como consecuencia de esta operación, en una sola entidad con una participación relativa en un mercado cuya concentración económica, que ya era elevada, aumenta".

      El organismo planteó que es interesante que el tribunal realice un estudio más profundo de las condiciones que rigen en este mercado.

      Dentro de ello mencionó asuntos como el trabajo para avanzar en la aperturas de cielos; el analizar el actual sistema de asignación de frecuencias aéreas en rutas licitadas; revisar los elementos propios de competencia entre las aerolíneas que son identificados como posibles barreras de entrada al mercado y analizar con cuántos de ellos contaría LAN, además de otros asuntos que puedan interesarle al TDLC.



      Conadecus refuta


      El Tribunal de la Libre Competencia además revisó ayer un escrito presentado por la Conadecus en el que plantea que los recursos de reposición presentados por LAN y TAM deben ser rechazados.

      La Conadecus fue dura señalando que ni LAN ni la Fiscalía Nacional Económica han comprendido su intención al presentar la consulta "en un estado actual del sistema económico, donde el respeto de los principios y normas sobre libre competencia constituyen un activo valioso para las empresas y no una pesada carga que debe ser eludida a como dé lugar", agregando que deben ser facultades apreciadas por las empresas y que la tesis de que la Condecus no sea un tercero válido para intervenir es "lamentable".


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      Cámara Baja aprueba cambios al SIPCO y alza de bencinas podría ser reajustada mañanaTras 70 votos a favor y 14 en contra, el proyecto será analizado ahora por la comisión de Hacienda, y de aprobarse, pasará a la Sala del Senado.EmolCompartir | | Mart

      Cámara Baja aprueba cambios al SIPCO y alza de bencinas podría ser reajustada mañana

      Tras 70 votos a favor y 14 en contra, el proyecto será analizado ahora por la comisión de Hacienda, y de aprobarse, pasará a la Sala del Senado.

      Emol
      Martes 15 de Marzo de 2011 21:08

      SANTIAGO.- La Cámara de Diputados resolvió aprobar los cambios propuestos por el Ejecutivo al Sistema de Protección de los Precios de los Combustibles (SIPCO), en vista de las alzas ocurridas en el precio de las gasolinas, los cuales prevén un incremento de $25 pesos promedio para este jueves .


      Se indicó que la votación contó con 70 sufragios a favor de la iniciativa y 14 en contra. Además se registraron doce abstenciones.


      De esta manera, el proyecto deberá ser discutido este miércoles en la comisión de Hacienda del Senado, donde en caso de ser aprobado pasará a discusión a la Sala de la Cámara Alta.


      Ante los resultados de esta jornada, el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, se mostró satisfecho e hizo un llamado a los senadores para apoyar la moción oficialista y así descartar alzas en los precios o reajustarlas en niveles bajos.


      "Estamos esperanzados, pero claramente esto requiere de la voluntad de sesionar y despachar un proyecto de forma expedita y rápida para poder operar de aquí al jueves", dijo.


      Cabe señalar que el alza de las gasolinas se suma a las que ha experimentado en las últimas semanas que ya suman más de $50.


      En primera instancia se estima que en caso de que el Senado apruebe los cambios al SIPCO, el alza podría ubicarse en torno a $2 ó $3. Ello, en todo caso, depende de los términos en que finalmente se modifique el sistema de protección a los precios, se puntualizó.


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      Tuesday, March 15, 2011

      diputado Patricio Melero (UDI) asume la presidencia de la Cámara de Diputados

       

      sera un gran presidente

      Patricio Melero (UDI) asume la presidencia de la Cámara de Diputados

      Martes 15 marzo 2011 | 12:35

      Publicado por Erasmo Tauran | La Información es de Andrea González •  4visitas

      0Comentarios

      El diputado Patricio Melero (UDI) asumió como nuevo presidente de la Cámara Baja, cargo traspasado desde la parlamentaria del PRI, Alejandra Sepúlveda.

      Con 62 votos a favor, Melero será ahora quien presida la Cámara de Diputados, acompañado de los también electos Pedro Araya (PRI) como primer vicepresidente y Mario Bertolino (RN) en la segunda vicepresidencia.

      En la sesión especial de la Cámara se eligen además los nuevos presidentes de las comisiones formadas por

      Fuente:radiobiobio
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      HABLANDO DE RESPONSBILIDAD SOCIAL Y SU PROMOCION

      HABLANDO DE RESPONSABILIDD SOCIAL Y SU  PROMOCIÓN

       

      #RSE  La RSE como creadora de valor para las empresas y para todos sus grupos de interés es algo que hay que estudiar y promover a  todo nivel

      #rse En materia de Responsabilidad social  se requiere "más información, formación y sensibilización

      #rse En Chile debemos crear "una cultura" en responsabilidad social" Empresas, Estado toda la sociedad debe involucrarse en la RS

      #rse Administración pública, El Estado,  tienen  "un papel muy importante como impulsoras y para generar  el marco de responsabilidad social "

      #rse La legislación debe  ser conteste con los valores y principios de la  RSE

      #rse No es posible que "todavía existan reticencias políticas , gremiales  ciudadanas , de ciertos  trabajadores, medios hacia la RSE


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      "Yo jamás he sobornado a nadie"

      mario kreutzberger "Yo jamás he sobornado a nadie"

      foto-grande-03-15-11.jpg


      Francisco Águila

      En medio de las acusaciones por presunto soborno a un funcionario del Servicio Médico Legal (SML), el animador de televisión Mario Kreutzberger, Don Francisco, rechazó las imputaciones de que un conocido suyo haya intentado alterar la muestra de sangre, en el marco de la demanda por paternidad de parte Patricio Flores Mondaca.

      El animador rechazó de plano cualquier vínculo con la situación que lo afecta señalando enfáticamente que "yo jamás he estado involucrado en esto, me pondré a disposición de la justicia y las leyes. Me defenderé de la justicia".

      En esa línea el animador de canal 13 indicó no conocer al bioquímico Luis Velásquez Almonacid, quien es acusado de contactar al funcionario del SML para que adulterara las muestras de ADN.

      "Esta es la primera vez en mi vida en que me he visto enfrentado a una demanda pública de un tribunal. Y quiero venir a conversar con un fiscal para que me pregunten lo que quiera, y decir que yo jamás he sobornado a nadie, no conozco al señor Velásquez que aparece en la prensa", señaló el animador.

      En una sala especialmente habilitada por el aeropuerto de Santiago, el rostro de canal 13 aseveró que "tampoco sé nada que tenga que ver con una manipulación en el SML. Todo lo que he hecho en esta demanda ha sido dentro de la ley. He contratado abogados y he cumplido con todo lo que ese tribunal me ha solicitado".

      En los tres minutos y 25 segundos que duró su alocución el profesional también se refirió a su situación familiar indicando que para su señora, hijos y nietos, han sido meses difíciles y dolorosos.

      "Éste es un costo muy alto y aprovecho de disculparme ante mi esposa, mis hijos y mis nietos por lo que han vivido", sostuvo Don Francisco.

      Reiterando que no tenía nada que ver con el caso de soborno, Mario Kreutzberger aseguró que "como todo chileno me voy a poner a disposición de las leyes, me defenderé y aceptaré los decretos de la justicia".

      Por último, el animador anunció que estaría por unas pocas cuantas horas en el país, y se espera que durante la jornada sea interrogado por el fiscal José Morales de la Zona Cetro Norte, encargado de investigar el caso de soborno que lo involucra.

      Foto: Harold Castillo.


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      Rodrigo González Fernández
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      consultajuridica .iniciativa mantiene monto máximo de sanción en 70 utm para período actual y eleva a 150 utm en cambios

       

      iniciativa mantiene monto máximo de sanción en 70 utm para período actual y eleva a 150 utm en cambios

      Proyecto de post natal duplica multas a empleadores que vulneren nuevos beneficios

      Además, traspasa parte del fuero maternal al padre y define enfermedades "gravísimas" que mantendrán tope actual de licencias.

      

      J.C. Prado / M. Helguero


      El proyecto de ley que extiende el post natal a seis meses, incorpora una serie de modificaciones e iniciativas para la implementación del beneficio.

      Uno de los más relevantes dice relación con la multa que deberán pagar los empleadores que incumplan las disposiciones de los nuevos términos que considera la iniciativa, que ayer ingresó al Congreso. Esto, porque el texto no propone cambios al rango que va de 14 UTM a 70 UTM que establece el artículo 208 del Código de Trabajo, para quienes vulneren los derechos actualmente descritos.

      En todo lo que respecta a la normativa que regula la ampliación del post natal y algunas de sus variables, la redacción es clara: "El empleador que obstaculice o impida el uso del permiso establecido en los incisos precedentes, será sancionado con multa a beneficio fiscal de 14 a 150 unidades tributarias mensuales (UTM). O sea, un máximo de $ 5.660.000.

      Esto dice relación, principalmente, con la parte flexible de la extensión. Y es que habían surgido algunas dudas sobre la aplicación real del derecho cuando la trabajadora opte por volver con jornada parcial a su empleo. De hecho, también se establece la formalidad que se debe cumplir a la hora de acceder a esta alternativa.



      Traspaso de fuero


      Otro de los aspectos que llama la atención del proyecto son los cambios al fuero maternal, cuyo objetivo "es asegurar que las mujeres no sean despedidas a causa de su embarazo o su condición de madres".

      En este sentido, el análisis inicial con que se presenta el proyecto señala explícitamente que "el fuero maternal chileno es el más largo del mundo, alcanzando en total los 2 años. Muchos países no contemplan fuero y aquellos que si lo tienen, lo limitan a la vuelta de la mujer al trabajo después de su post natal".

      Por eso, se propone que el fuero dure un año después del nacimiento del niño, a diferencia de lo que existe actualmente, pues parte una vez que termine el post natal. Esto significa una reducción de tres meses del actual lapso de fuero.

      Sin embargo, la disminución que pueda significar esta modificación, se relaciona con que el padre haga uso del fuero en las seis semanas de post natal que le otorgará la ley. Con relación a la forma en que se pagará el subsidio maternal a estos padres, el proyecto aclara que el tope será 30 UF y en su valor se considerarán "siempre" las remuneraciones de la madre.

      Asimismo, la iniciativa viene a solucionar, como describe, uno de los problemas de empleabilidad en las mujeres con contrato a plazo fijo, obra o faena que genera el fuero. Hoy, si la mujer se embaraza, aunque termine su contrato, se necesita pedir el desafuero para poner término a la relación laboral. Si bien este procedimiento es aprobado en la gran mayoría de los casos, "la mujer debe asumir los costos legales de su representación judicial y el empleador no quiere volver a contratar mujeres para este tipo de laboral", dice el mensaje del proyecto. En este aspecto, agrega, se busca "hacer coincidir la duración del fuero con el término de la obra o plazo que dio origen al contrato".



      Enfermedades "gravísimas"


      A diferencia de lo que había trascendido incialmente, el proyecto de ley no reduce el tope actual de pago por licencia de enfermedad de hijo menor de un año. Lo que hará es listar enfermedades del tipo graves y gravísimas, siendo estas últimas por la que se pagará el subsidio actual con tope de 66 UF.

      Las que sean consideradas graves si tendrán un tope de 30 UF, ya que según explicó a DF la ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, el abuso de este beneficio está más concentrado en el grupo que gana sobre dicho monto.

      "Todo esto tiene que ver con empezar a darle los beneficios del pre y post natal a las mujeres más pobres de Chile que nunca han tenido acceso ni un día del subsidio. Con tratar de focalizar, porque este subsidio es el más injusto e inequitativo que existe en la actualidad", explica la secretaria de Estado.

      El proyecto no contiene los nombres de las enfermedades, pues sostiene que "serán determinadas por un decreto supremo expedido a través del Ministerio de Salud y suscrito también por el Ministro de Hacienda, el que será actualizado, a lo menos, cada tres años". Los cálculos del gobierno fijan la aprobación del proyecto para entrado el segundo semestre de este año. Relacionado con los recursos disponibles en 2011 y en caso que empiece a regir este año, el mensaje indica que el proyecto "se financiará con cargo a los recursos de la partida presupuestaria del Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente".


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      Incendio afectó al reactor 4 de la central Fukushima y radiación llega a nivel peligroso para la salud

      Incendio afectó al reactor 4 de la central Fukushima y radiación llega a nivel peligroso para la salud

      Así lo confirmó el portavoz del gobierno japonés, Yukio Edano. Los reactores 1 y 3 aún son tratados con refrigerantes.

      por DPA - 14/03/2011 - 23:44 latercera.cl

      En el reactor cuatro de la planta nuclear de Fukushima se registró un incendio, informó hoy martes el portavoz del gobierno Yukio Edano sobre la central en la que ya se han registrado tres explosiones desde el devastador terremoto de este viernes. Casi una hora después fuentes de la planta citadas por la agencia Kyodo señalaron que el siniestro pudo ser controlado.

      Asimismo, el portavoz aseguró que la radiación ha alcanzado niveles importantes en torno a los reactores dañados. 

      "Ahora estamos hablando de una dosis de radiación que puede hacer peligrar la salud humana", señaló en conferencia de prensa. 

      Edano confirmó además que la explosión en el reactor dos probablemente causó un daño en el fondo del contenedor del reactor. 

      El gobierno solicitó hoy que la población permanezca en ambientes cerrados en un radio de 30 kilómetros alrededor de la central. El primer ministro Naoto Kan aseguró este martes en conferencia de prensa que ya casi se ha finalizado la evacuación de los habitantes en un radio de 20 kilómetros. 

      En los reactores de 1 a 3 se continúa llevando adelante la inyección de agua para mantener la refrigeración, aseguró Edano.


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      Monday, March 14, 2011

      CORTE SUPREMA PUBLICA TEXTO REFUNDIDO DE AUTO ACORDADO SOBRE TRIBUNAL DE LA CONTRATACIÓN

      CORTE SUPREMA PUBLICA TEXTO REFUNDIDO DE AUTO ACORDADO SOBRE TRIBUNAL DE LA CONTRATACIÓN

      El presidente de la Corte Suprema, en sesión de fecha 11 de marzo de 2011, dictó el acta N° 16-2011 que establece el texto refundido del Auto acordado sobre funcionamiento del Tribunal de Contratación Pública.

       

      Para ver el acta completa, pinche aquí (PDF

      CORTE SUPREMA PUBLICA TEXTO REFUNDIDO DE AUTO ACORDADO SOBRE TRIBUNAL DE LA CONTRATACIÓN

      El presidente de la Corte Suprema, en sesión de fecha 11 de marzo de 2011, dictó el acta N° 16-2011 que establece el texto refundido del Auto acordado sobre funcionamiento del Tribunal de Contratación Pública.

       

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      CORTE DE SANTIAGO REVOCA SOBRESEIMIENTO EN CAUSA POR ABUSOS SEXUALES DE SACERDOTE KARADIMA

      CORTE DE SANTIAGO REVOCA SOBRESEIMIENTO EN CAUSA POR ABUSOS SEXUALES DE SACERDOTE KARADIMA

      Ver resolución (PDF)

       

      La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago determinó revocar el sobreseimiento definitivo en la investigación por abusos sexuales atribuidos al sacerdote Fernando Karadima Fariña.

       

      En fallo unánime (en causa rol 3704-2010), los ministros Alfredo Pfeiffer, Jorge Dahm y Jessica González, determinaron revocar la decisión del magistrado del Décimo Juzgado del Crimen Leonardo Valdivieso, del  15 de diciembre de 2010, y ordenaron la reapertura del proceso.

       

      "Que como corolario de lo anterior, cabe señalar entonces, que para proceder a dictar un sobreseimiento definitivo, previo es establecer que hecho o hechos son los que quedan comprendidos en esta decisión, y que persona o personas son las que quedan liberadas de responsabilidad penal, y respecto que cuales actos si son más de uno", dice el fallo.

       

      Y agrega que "la conclusión anterior se refuerza aún más si se tiene presente la norma contenida en el artículo 279 bis del Código de Procedimiento Penal. De acuerdo a esta regla, si el juez adquiere la convicción de que concurren los motivos que dan lugar al sobreseimiento definitivo -caso en el cual está facultado para no someter a proceso al inculpado- tiene la obligación de continuar las indagaciones del sumario hasta agostarlas, exigencia que se repite en su inciso segundo al disponer que "aún en la hipótesis de no haberse sometido a proceso a los inculpados, por las razones ya aludidas" el sobreseimiento definitivo sólo puede disponerse al "término del sumario". Los presupuestos para declarar la prescripción de la acción deben establecerse con toda claridad en la situación concreta en que se pretende aplicar la institución, lo que sólo resulta posible una vez concluida la fase investigativa".

       

      El fallo concluye que: "Del merito del proceso no aparece que se haya indagado como para poder precisar cuáles son los hechos que se dicen punibles, en que época y circunstancias se realizaron, mas aun si varios de los querellantes señalan que estos fueron no siempre iguales y se prolongaron en el tiempo.  Incluso algunos testigos dicen que lo más probable es que estos se hayan prolongado en el tiempo, sin que al respecto se haya hecho ninguna indagación".

       

      Además, dispone que: "El juez de la causa procederá a disponer las diligencias pertinentes tendiente a establecer la época de comisión de los ilícitos denunciados como aquellos que aparecen de las diversas declaraciones prestadas ante el juez y ante el Ministerio Público, y la participación que en ellos tengan como en sus diversas modalidades quienes aparecen como imputados. Para ello tomará en consideración aquellas sugeridas por la señora Fiscal Judicial".

       
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      La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago determinó revocar el sobreseimiento definitivo en la investigación por abusos sexuales atribuidos al sacerdote Fernando Karadima Fariña.

       

      En fallo unánime (en causa rol 3704-2010), los ministros Alfredo Pfeiffer, Jorge Dahm y Jessica González, determinaron revocar la decisión del magistrado del Décimo Juzgado del Crimen Leonardo Valdivieso, del  15 de diciembre de 2010, y ordenaron la reapertura del proceso.

       

      "Que como corolario de lo anterior, cabe señalar entonces, que para proceder a dictar un sobreseimiento definitivo, previo es establecer que hecho o hechos son los que quedan comprendidos en esta decisión, y que persona o personas son las que quedan liberadas de responsabilidad penal, y respecto que cuales actos si son más de uno", dice el fallo.

       

      Y agrega que "la conclusión anterior se refuerza aún más si se tiene presente la norma contenida en el artículo 279 bis del Código de Procedimiento Penal. De acuerdo a esta regla, si el juez adquiere la convicción de que concurren los motivos que dan lugar al sobreseimiento definitivo -caso en el cual está facultado para no someter a proceso al inculpado- tiene la obligación de continuar las indagaciones del sumario hasta agostarlas, exigencia que se repite en su inciso segundo al disponer que "aún en la hipótesis de no haberse sometido a proceso a los inculpados, por las razones ya aludidas" el sobreseimiento definitivo sólo puede disponerse al "término del sumario". Los presupuestos para declarar la prescripción de la acción deben establecerse con toda claridad en la situación concreta en que se pretende aplicar la institución, lo que sólo resulta posible una vez concluida la fase investigativa".

       

      El fallo concluye que: "Del merito del proceso no aparece que se haya indagado como para poder precisar cuáles son los hechos que se dicen punibles, en que época y circunstancias se realizaron, mas aun si varios de los querellantes señalan que estos fueron no siempre iguales y se prolongaron en el tiempo.  Incluso algunos testigos dicen que lo más probable es que estos se hayan prolongado en el tiempo, sin que al respecto se haya hecho ninguna indagación".

       

      Además, dispone que: "El juez de la causa procederá a disponer las diligencias pertinentes tendiente a establecer la época de comisión de los ilícitos denunciados como aquellos que aparecen de las diversas declaraciones prestadas ante el juez y ante el Ministerio Público, y la participación que en ellos tengan como en sus diversas modalidades quienes aparecen como imputados. Para ello tomará en consideración aquellas sugeridas por la señora Fiscal Judicial".

       

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      CORTE DE SANTIAGO REVOCA SOBRESEIMIENTO EN CAUSA POR ABUSOS SEXUALES DE SACERDOTE KARADIMA

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      "Que como corolario de lo anterior, cabe señalar entonces, que para proceder a dictar un sobreseimiento definitivo, previo es establecer que hecho o hechos son los que quedan comprendidos en esta decisión, y que persona o personas son las que quedan liberadas de responsabilidad penal, y respecto que cuales actos si son más de uno", dice el fallo.

       

      Y agrega que "la conclusión anterior se refuerza aún más si se tiene presente la norma contenida en el artículo 279 bis del Código de Procedimiento Penal. De acuerdo a esta regla, si el juez adquiere la convicción de que concurren los motivos que dan lugar al sobreseimiento definitivo -caso en el cual está facultado para no someter a proceso al inculpado- tiene la obligación de continuar las indagaciones del sumario hasta agostarlas, exigencia que se repite en su inciso segundo al disponer que "aún en la hipótesis de no haberse sometido a proceso a los inculpados, por las razones ya aludidas" el sobreseimiento definitivo sólo puede disponerse al "término del sumario". Los presupuestos para declarar la prescripción de la acción deben establecerse con toda claridad en la situación concreta en que se pretende aplicar la institución, lo que sólo resulta posible una vez concluida la fase investigativa".

       

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